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20 de Octubre de 2016

Tribunal Constitucional de España anula la prohibición de corridas de toros en Cataluña

El máximo tribunal determinó que Cataluña puede regular los espectáculos para proteger a los animales, pero no puede prohibir "una fiesta que es patrimonio cultural".

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El Tribunal Constitucional de España anuló la resolución del gobierno de Cataluña, que en 2010 prohibió las corridas de toros, al acoger el argumento del Partido Popular que dicha resolución invadida las competencias del Estado.

Esto, luego que la colectividad recurriera al apartado de la ley catalana de Protección de los Animales que prohibía las “peleas de animales y otras actividades”.

Este artículo también prohíbe “las corridas de toros y los espectáculos con toros que incluyan la muerte del animal y la aplicación de las suertes de la pica, las banderillas y el estoque, así como los espectáculos taurinos de cualquier modalidad que tengan lugar dentro o fuera de las plazas de toros”.

Y es que según detalló el fallo del Tribunal, dado a conocer por EFE, “Cataluña tiene competencia en materia de espectáculos públicos y los puede regular, lo que le permite vetar un espectáculo público determinado para proteger a los toros, pero no puede prohibir una fiesta que es patrimonio cultural por decisión del Gobierno central”.

Según el Partido Popular, la decisión de Cataluña era inconstitucional, ya que superaba las competencias dadas a las comunidades autónomas sobre espectáculos.

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