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4 de Mayo de 2017

Contraloría dictamina que ordenanza municipal no puede prohibir el rodeo

Tres concejales de Rancagua pidieron a la entidad que se pronunciara respecto a la legalidad de terminar con la tradicional actividad.

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“Una ordenanza tiene una jerarquía jurídica mucho menor a una ley y, en este caso, la ley reconoce, primero, el rodeo como deporte, independiente de las consideraciones personales que cada uno pueda tener respecto de eso, pero la ley lo reconoce como deporte”.

Esa fue la resolución de la Contraloría respecto a la ordenanza municipal de Rancagua que pretendía prohibir el rodeo, bajo el argumento de maltrato hacia los animales. 

De hecho, la entidad también se pronunció al respecto: mencionó que el artículo 16 de la ley de maltrato animal excluye, de los términos de esta, el rodeo, “por lo tanto, no se puede considerar prohibir el rodeo por maltrato animal, porque estaría alterando también el orden jurídico chileno”. 

La situación se produjo luego que en febrero pasado, el concejal y ex alcalde Carlos Arellano (DC) presentara al Concejo Municipal de Rancagua una iniciativa que buscaba terminar con dicha actividad. Sin embargo, la medida fue cuestionada por tres concejales UDI, Pamela Jadell, Jaime Canales y Ricardo Guzmán, quienes pidieron a la Contraloría que se pronunciara al respecto. 

De todas formas, Arellano dijo que insistirá y que “lo que nos ha motivado es que hay que cambiar las reglas, por algo existen las posibilidades de que los ciudadanos o los alcaldes puedan usar el instrumento del plebiscito comunal para poder cambiar las realidades comunales”.

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