No está en discusión la necesidad que para una economía sana los diversos actores del sistema financiero cuenten con información veraz, oportuna y de calidad de sus potenciales clientes. Ello para evitar el sobreendeudamiento y la afectación de la sustentabilidad de la industria nacional. Pero de allí a que cada chileno sea cautivo de su historia, sin posibilidades de reiniciarse en razón de nuevas realidades, parece abusivo.
No parece lógico que una persona que hace más de 5 ó 10 años tuvo un incumplimiento comercial y, pese a haberlo pagado en su totalidad, siga dependiendo de dicha experiencia de por vida. Las condiciones, capacidad y responsabilidad económicas son mutables en el tiempo y el comportamiento de pago debe ser evaluado en razón del historial reciente de los clientes.
En Chile existe una paradoja que refleja el desvalor y la hipocresía de nuestro sistema legal. Por ejemplo, si una persona comete un crimen deleznable como una violación u homicidio de un menor, es condenado, cumple su condena y transcurridos 10 años desde el cumplimiento de ella, éste ciudadano podrá por única vez en su vida, solicitar que se borren sus antecedentes penales. En efecto, no se trata de una simple prohibición de uso; sino que el Estado se encuentra obligado a borrar dichos antecedentes y nadie sabrá nunca que dicho sujeto cometió un crimen ya que en su certificado figurará “SIN ANTECEDENTES”.
En el caso de una deuda comercial, la actual ley 19.628 contempla la prohibición de comunicar dicha información, pero producto de la negligencia histórica de los superintendentes de bancos, se les ha permitido usar (y abusar) de ella. Por su parte, la Banca se defiende señalando que sólo utiliza dicha información, pero no la comunica. No parece razonable que en nuestra legislación sea posible borrar un crimen y no una deuda (incluso ya pagada). Esto refleja la falsedad que impera en nuestra sociedad entre los derechos a la vida, integridad física y la propiedad.
Algunos han intentado hacer creer que la denominada “LEY DICOM” tuvo errores por lo que se dejó vigente el uso de los “históricos”. No se equivoquen. La ley Dicom tuvo otro objetivo: terminar con el uso de los antecedentes comerciales para fines distintos de la evaluación de riesgo crediticio. Es decir, prohibir que dichos antecedentes sean requisito de acceso a la salud, trabajo y educación. Y eso se está logrando gradualmente.
Respecto de los “históricos”, el 23 de marzo me reuní con el nuevo Superintendente de Bancos para pedirle un pronto pronunciamiento respecto de una solicitud de declaración de ilegalidad del uso de dichos “históricos” de parte de la banca nacional que presenté durante el 2011 sin respuesta de la anterior autoridad.
En paralelo, el gobierno del Presidente Sebastián Piñera ha ingresado a la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados un proyecto denominado “Deuda consolidada”, mediante el cual se creará una base de datos de todas las deudas de cada chileno.
El problema es que en su articulado, el gobierno pretende “legalizar” el uso de registros históricos de los bancos al no contemplar un plazo final para la caducidad de los datos comerciales, situación que junto a alguno(a)s diputado(a)s hemos representado al ministerio de Hacienda para que acceda a nuestra petición de declarar la caducidad de los datos a los 5 años.

