El Presidente de la Corte Suprema ha manifestado su molestia por las declaraciones del Ministro de Justicia, en las que criticaba la puerta giratoria, en particular, la actitud recurrente de los jueces de garantía en orden a decretar medidas restrictivas de libertad en casos muy excepcionales, tanto por la gravedad del delito como por el nivel de evidencia sobre la participación de los detenidos exigido a los organismos policiales y fiscales.
Al presidente de nuestro máximo tribunal se adhirió de inmediato la oposición y algunos grupos de pensamiento que exacerban la divinidad del individuo y sus ilimitadas libertades por sobre consideraciones de bien común y de la necesidad de poner freno a la creciente delincuencia y a la utilización de la violencia en manifestaciones ciudadanas.
El sr. ministro, parte de un gobierno elegido democráticamente y encargado de la seguridad de la población, ha explicitado su opinión sobre un aspecto que se ha manejado de forma muy poco trasparente las últimas décadas, y que dice relación con los criterios de selección de los integrantes de los tribunales superiores de justicia. La opinión pública no escuchó nada de los integrantes de nuestro poder judicial respecto de la instrucción escrita -y objetivamente absurda- que le impartiera un ex Presidente respecto de la forma de aplicar la ley en casos de delitos prescritos o amnistiados.
Tampoco hubo rubor siquiera cuando se dieron varios casos de promociones con escandalosa consideración política, incluso en casos de Ministros de Corte que condujeron bullados procesos, con mediáticos procesamientos que en definitiva fueron dejados sin efecto por carecer de todo fundamento y que permitieron a sus conductores ser premiados y avanzar en su carrera profesional.
Resulta cuestionable el que se pretenda negar a una autoridad política el derecho a expresar el sentir de una buena parte de nuestro país respecto de la inadecuada actuación de algunos jueces, a quienes si bien les corresponde en exclusiva interpretar y aplicar la ley en cada caso particular, ello debe serlo conforme al texto de la ley y a los antecedentes de la misma y no en función a visiones sociológicas particulares que claramente distorsionan el espíritu de las leyes y la función social que nuestro legislador tuvo en consideración al aprobarlas.
El ministro Juica está en su derecho de no concordar con el ministro de Justicia, pero no puede negarle el derecho de considerar que la evaluación del desempeño de los jueces y su eventual promoción deben considerar si evidencian falta de criterio o que se sienten autorizados para subordinar el ordenamiento Juridico a consideraciones personales.
El ministro de Justicia está especialmente habilitado para hacer ver las inquietudes del gobierno y de la ciudadanía sobre el funcionamiento de un sistema nuevo en nuestro ordenamiento y cultura jurídica y que está entregado a jueces muchas veces jóvenes y que no han logrado un razonable equilibrio entre sus creencias y administrar justicia en base a la legislación vigente.
La existencia de un poder judicial independiente, eficiente y eficaz, moderno, honesto y sujeto al ordenamiento jurídico vigente es esencial para la vida republicana y sus instituciones y, en especial, para que los ciudadanos puedan desarrollar sus actividades en un ambiente de seguridad personal y jurídica a la altura del país en que viven.
Ciertamente no contribuye a ello la percepción de que en nuestro poder judicial la ropa sucia se lava en casa y en privado, como ha quedado la sensación que ocurrió con la confusa y por momento escandalosa situación que afectó a integrantes de nuestra judicatura en el norte del país.
La relación entre dos poderes del Estado, como el Judicial y el Ejecutivo, es de suyo compleja y debe basarse siempre en el respeto mutuo y la no interferencia de uno en el ámbito de acción del otro, sin olvidar que en un régimen democrático como el nuestro, el gobierno del país y el velar por la seguridad de las personas recae en el poder ejecutivo. Por ello, el ministro de Justicia tiene la obligación de hacer ver, respetuosamente, que algunos integrantes de otro poder del Estado no están dando la medida y han enviado muy confusos mensajes a la ciudadanía sobre las consecuencias del vandalismo, la destrucción de la propiedad pública y privada e incluso de la agresión a las fuerzas de orden y acciones terroristas.
Cuando la opinión pública ha podido ver material fílmico y gráfico en que una persona claramente identificable dentro de un grupo violentista agrede a un carabinero y le saca su casco protector para que otro delincuente pueda golpearlo en la cabeza y causar el máximo daño posible, le resulta muy difícil comprender que un juez le deje en libertad de inmediato. Si bien en materia de administración de justicia no debe haber espacio para las presiones sobre los jueces, estos tienen la obligación de aplicar la ley y el criterio.

