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31 de Marzo de 2015

El "error involuntario" que le costó una demanda colectiva a Falabella

El Sernac recibió 189 reclamos de consumidores quienes exigieron el producto que adquirieron por $5.990 en el sitio web de la tienda, mientras que la empresa asegura que el precio fue un error de publicación.

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El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) presentó una demanda colectiva en contra de la multitienda Falabella por una serie de faltas a la Ley del Consumidor que cometería a través de su página web. La acción legal fue presentada luego de que se recibieran 189 reclamos de consumidores, quienes alegaron que la empresa no habría respetado el precio de una tablet, anulando la compra y reversando en forma unilateral el monto pagado.

Dicho artefacto electrónico se encontraba a la venta en el sitio web de la empresa de retail a solo $5.990 si se efectuaba el pago con la tarjeta CMR. Una vez realizada la compra, cuando se dirigían a retirar el producto en alguna de las tiendas, los consumidores se encontraron con la sorpresa de que no les entregarían el producto ya que se habría tratado de un error en la publicación.

Según recogió el sitio Pulso, la demanda fue acogida en el 12º Juzgado Civil y se exige la venta del producto en cuestión, una multa por cada uno de los afectados y una indemnización. El Sernac, además, señala que Falabella está incumpliendo la Ley del Consumidor, que pacta la facultad de poder terminar a su arbitrio las compras en su web,dejando al consumidor en indefensión; que establece diversos mecanismos para actuar de sobreseguro y en desmedro del consumidor en un proceso de venta, y que condiciona la celebración de la compraventa a su aceptación, bajo ciertos criterios como el stock y una falla técnica.

“Actuar como lo hace la demandada no tiene sino el propósito de evitar responsabilidades en distintos ámbitos para con el consumidor final”, consigna la acción judicial.

Pero eso no es todo, otro de los cuestionamiento que plantea la entidad es acerca de las cláusulas que presenta Falabella en su sitio web. Una dice relación con el despacho de un producto adquirido en su sitio de internet, que afirma que la empresa no puede modificar la fecha de entrega de manera unilateral.

Actuar sobre la base de cláusulas de esta naturaleza no es sino una manifestación más del proveedor para eventualmente poder modificar el contrato unilateralmente y eximirse de responsabilidad”, afirma el Sernac.

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