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2 de Julio de 2015

Partidos políticos contra la pared: deberán informar patrimonio de sus directivos

Esto está en el marco de la Agenda de Probidad y Transparencia del gobierno, que además considera que se debe actualizar la nómina de militantes y también se deroga la prohibición de dar órdenes a los parlamentarios, entre otras cosas.

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La Agenda de Probidad y Transparencia impulsada por la Presidenta Michelle Bachelet tuvo ayer un nuevo hito, al ingresar el proyecto de ley de partidos políticos.

Uno de los puntos relevantes de la nueva normativa responde a la exigencia de que los integrantes de las directivas de las diversas tiendas políticas efectúen anualmente una declaración de intereses y patrimonio.

Específicamente el artículo 24 del cuerpo legal establece que “tanto el presidente del partido como los vicepresidentes, los secretarios y los tesoreros, deberán efectuar una declaración anual de intereses y patrimonio en los términos de la Ley sobre Probidad en la Función Pública, la que deberá ser remitida al Servicio Electoral para su custodia”.

Además, según presenta La Tercera, los partidos políticos estarán además obligados a publicar el monto total de las cotizaciones de sus afiliados.

Lo mismo deberán hacer con los aportes, donaciones, asignaciones testamentarias y todo tipo de transferencias públicas o privadas que se reciban a partir de su inscripción.

Otro aspecto que deberán transparentar es su balance anual, además de las transferencias de fondos que efectúen con cargo a los fondos públicos percibidos, incluyendo todo aporte económico que las colectividades entreguen a personas jurídicas o naturales.

Este marco normativo presentado por la mandataria considera una serie de modificaciones al funcionamiento de las colectividades. Por ejemplo se deben uniformar los sistemas de elecciones internas de los partidos. Esto podría afectar a los partidos Socialista, Comunista y la UDI, los que tienen sistemas indirectos.

Se contempla además que las colectividades deberán tendrán un registro actualizado de sus afiliados: o sea deberán eliminar a las personas fallecidas, o aclarar la situación de las personas que estén afiliados a más de un partido, lo mismo con los inhabilitados a sufragar, entre otras condiciones.

También se considera una cuota de género en las elecciones internas, ya que el texto afirma que “los estatutos de cada partido deberán contemplar mecanismos que garanticen la inclusión de mujeres en la conformación de las directivas y en cada uno de los órganos internos, con el fin de propender a la paridad de género en su integración”.

Además se deroga la norma que prohibe actualmente a los partidos dar órdenes a sus parlamentarios.

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