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26 de Mayo de 2016

Sernac demanda a ABCDin por cobros indebidos de comisiones en tarjeta de crédito

Esto, luego que la Corte Suprema no determinara indemnizaciones para los consumidores que se vieron perjudicados por los cobros aplicados por la empresa.

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El SERNAC, junto a la Asociación de Consumidores CONADECUS, presentó una demanda colectiva en contra de la empresa de Créditos Organización y Finanzas S.A. (COFISA), actual administradora de la tarjeta ABCDin.

Con esto se busca que la compañía financiera restituya el dinero y compense a todos los consumidores que se vieron afectados por cobros de comisiones por sobre la Tasa Máxima Convencional (TMC) en operaciones de crédito al usar la tarjeta de crédito DIN.

Hay que recordar que la empresa, a la tasa de interés que aplicaba, sumaba una comisión variable mensual (AVM), cuyo cálculo se asociaba al plazo y número de cuotas de cada operación, pasando así a formar parte del interés.

Esta demanda colectiva se presenta luego que la Corte Suprema condenara a COFISA por haber infringido la Ley del Consumidor (LPC) y declarara que la cláusula del contrato de adhesión donde se contemplaba la referida comisión variable mensual se debe tener por no escrita.

En la sentencia, el Máximo Tribunal del país le aplicó a COFISA una multa de 100 U.T.M. (esto es, cerca de $4 millones 450 mil), monto que se dividió en 50 U.T.M. por falta de información respecto de la tasa de interés, y 50 U.T.M por aplicar cobros de intereses superiores a la Tasa Máxima Convencional.

No obstante, y si bien la Corte le dio la razón al SERNAC, no determinó indemnizaciones para los consumidores que se vieron perjudicados por los cobros aplicados por la empresa, lo que justamente se busca corregir con esta nueva acción legal.

En esta nueva demanda, presentada por el SERNAC junto a CONADECUS, busca que la justicia condene a COFISA a restituir el dinero cobrado de más a los consumidores afectados con el cobro de aquella comisión, con reajustes e intereses legales. La idea es que se restituya el dinero por 10 años hacia atrás contado desde el cese efectivo del cobro de la comisión denominada AVM.

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