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7 de Diciembre de 2016

Krassnoff por nuevo rechazo a libertad: “Jamás aceptaré ser tratado de violador de DD.HH., torturador u homicida"

En una carta que el militar condenado a más de 400 años de cárcel hizo llegar a El Dínamo, también declara que "yo no obligué a nadie a hacer uso ilegal y clandestino de las armas y a enfrentarse arteramente con la autoridad. Si esos extremistas así lo resolvieron, allá ellos". La Agrupación de Familiares de Ejecutados Políticos rechaza todo lo planteado por el ex uniformado.

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“¿Qué justicia es esta que tiene que inventar ficciones y pedir excusas por situaciones dolorosas ocurridas en un contexto tan trágico como el que nos llevó hace más de 40 años atrás a la anarquía, el terrorismo y la violencia generalizada que se vivía en Chile? Incomprensible”.

Esa es una de las ideas que forman parte de la carta que el 7 de noviembre escribió el brigadier Miguel Krassnoff Martchenko, que hizo llegar a El Dínamo poco después de que se le negara nuevamente, el 4 de ese mismo mes, una nueva solicitud de libertad condicional.

Krassnoff es uno de los nombres que más se repiten en los círculos de Detenidos Desaparecidos y Ejecutados políticos por la gran cantidad de procesos en los que está involucrado, los que hasta este 2016 elevan la suma de sus condenas a más de 400 años de cárcel.

Sin embargo, el ex integrante de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) ha concluido que “una vez más se ha actuado con ilegalidad, injusticia, irrespeto a las leyes vigentes, incumplimiento al Estado de Derecho y con premeditada actitud negativa contra mi persona que raya en una abierta prevaricación, al hacer uso y abuso de extraños resquisios (sic) legales (concepto de muy tristes y trágicos recuerdos en la historia reciente de Chile) mediante los cuales le tuercen con incalificables intenciones la letra y el espíritu a la Ley para rechazar mi libertad”.

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A lo largo de las 4 carillas de su carta, Krassnoff especifica que ninguna de sus condenas correspondería a presidio perpetuo. “Todas las condenas que he recibido corresponde a determinados años y estas NO SON SUMATORIAS, pues conforme a la Ley, ya deberían haber sido acomuladas transformándose mi situación en solo una o dos condenas, cosa que no ha ocurrido (sic)”. Él asegura que tras sus 17 años de encarcelamiento, podría haber accedido al beneficio penitenciario a partir de los 10 años de presidio. Luego afirma que antes la cadena perpetua consideraba 20 años sin beneficios, lo que ahora posteriormente se cambió a 40 años -cuando en realidad esto responde a una modificación posterior, del 2001, al considerar una condena de “presidio perpetuo calificado” que considera los 40 años, versus una cadena perpetua simple que continúa considerando 20 años.

También Krassnoff menciona un argumento común respecto del estatuto de Roma, firmado por la Presidenta Michelle Bachelet en el 2009, que declara como imprescriptibles los delitos de lesa humanidad o contra los Derechos Humanos. Al haber sido firmado ese año, y como los hechos por los que se persigue al ex DINA ocurrieron antes, el efecto de la firma de este tratado para él no sería “retroactivo”.

La rabia del brigadier se hace notar cuando éste se refiere a otros aspectos que hacen que una persona sea o no elegible para un beneficio como la libertad condicional: la conciencia del delito y del daño ocasionado, junto a una eventual motivación al cambio. “¡Todas esas ordinarieces conceptuales que se permiten señalar estas personas, que jamás me han conocido, las rechazo categóricamente, motivo por el cual las descarto de mi análisis por no tener relación alguna con mi persona!”.

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A renglón seguido, especifica que “como oficial subalterno del Ejército de Chile, junto a los subalternos de la época, combatí a cara descubierta a terroristas de comprobada criminalidad que cometieron los delitos más atroces en contra de la sociedad chilena toda, mucho antes del pronunciamiento militar del año 1973. Si haberlos enfrentado en el cumplimiento de mi convencidas (sic) misiones de militar y haber logrado aportar con mis acciones a su neutralización y de paso haber actuado en defensa propia sobreviviendo a sus ataques arteros y sorpresivos le llaman ‘insuficiente conciencia del delito y del daño ocasionado’, pues están totalmente equivocados. El daño real me lo ocasionaron esos violentistas a mí, a mi familia, a mis subalternos y a sus respectivas familias”.

“Yo no obligué a nadie a hacer uso ilegal y clandestino de las armas y a enfrentarse arteramente con la autoridad. Si esos extremistas así lo resolvieron, allá ellos pues recibieron una respuesta acorde a su dislocada e irresponsable conducta. ¿Ese es el cargo de ‘daño causado y tener insuficiente conciencia del delito’? ¡Hipócritas y cobardes! No acepto, ni aceptaré jamás cargos como esos, pues nunca cometí delito alguno en la comisión de mis misiones militares”, espeta.

También Krassnoff les dedica palabras al “otro tipo de víctimas inocentes de toda la señalada violencia y criminalidad desatada por los terroristas”, respecto de quienes asegura mantener una especial sensibilidad: “sus padres, sus hijos, sus esposas que en la mayoría de los casos jamás sospecharon que alguno de los integrantes de sus familias eran terroristas. Si, ellos recibieron un enorme daño, producto de los desvaríos ideológicos y dogmáticos de sus respectivos parientes. Lo siento por ellos”.

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La misiva finaliza rechazando los motivos por los cuales le han negado tanto la libertad condicional, como la forma en la que sostienen las acusaciones en su contra. “Soy y seré inocente de todos los cargos que me han imputado a la fecha, al igual que mis subalternos de antaño. Jamás aceptaré ser tratado como violador de los derechos humanos, torturador o haber cometido homicidio contra persona alguna. El solo análisis de esta situación puntual así lo demuestra. Todos los motivos por los cuales estoy privado de libertad se han basado en ciertas “fundadas presunciones” muy alejadas del trascendental y respetado concepto de Justicia. Las razones de toda esta escandalosa e ilegal situación que hoy enfrento provienen de otros estamentos netamente ideológicos y políticos que no se condicen ni con la verdad ni con la historia”.

El abogado de Krassnoff, Raúl Meza, tras haber visitado a su representado en Punta Peuco, estima que éste se encuentra pesimista, “con mucha desesperanza del punto de vista de los resultados de los procesos judiciales que se han iniciado en su contra. Desde ese punto de vista, él no espera nada, absolutamente nada en su favor, en relación tanto a los ministros, en el caso de Miguel Enríquez con (Mario) Carroza, como otros ministros que están investigando hechos judiciales que se le imputan en su período como uniformado”.

La estrategia de la defensa

Miguel Enríquez

“Miguel Enríquez versus la DINA ¿Quién disparó primero?”. Esa es, a juicio de la defensa del brigadier Miguel Krassnoff, la principal interrogante que, una vez esclarecida, podría provocar un vuelco en el caso en el cual el ex integrante de la Dirección de Investigación Nacional (DINA) es acusado de asesinar junto a Miguel Enríquez, jefe máximo del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR).

El auto de procesamiento dictado por el ministro Mario Carroza, que indaga la muerte de Enríquez, plantea que el 5 de octubre de 1974, en una casa de Santa Fe 725 en San Miguel, el dirigente se encontraba con su pareja Carmen Castillo y con otros dos integrantes del MIR, José Bordas Paz y Humberto Sotomayor Salas.

A las 13 horas de ese día “el inmueble es atacado por agentes de seguridad de la Dirección de Inteligencia Nacional DINA, que se apersonaron en el lugar a bordo de varios vehículos, ya que previamente le habrían efectuado seguimientos que les permitieron ubicar su domicilio”.

Los disparos habrían comenzado sin advertencia alguna contra la casa. El líder del MIR, tras asegurarse que Castillo estuviese a salvo, intenta escapar por el techo de las otras casas, cuando es abatido en el lugar por los agentes de la DINA.

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La defensa de Krassnoff, el que debió asistir a la reconstitución de escena de la muerte de Enríquez en julio de este año, y quienes participaron en el operativo insisten en que lo ocurrido en ese lugar fue un enfrentamiento y no un homicidio, como reza el auto de procesamiento. “Las diligencias y la información acumulada durante desarrollo (sic) de esta investigación han permitido sostener que el aludido enfrentamiento no existió, y por el contrario se advierte una preparación centrada en el operativo de detención, tanto por el seguimiento como por las vigilancias permanentes del sector”. O sea, se habrían tanto planificado su detención para posteriormente eliminar a Miguel Enríquez.

Un documento publicado el 2004 por el historiador Cristián Pérez, entonces en el Centro de Estudios Públicos reconstruye lo sucedido ese día sobre la base de declaraciones. En el subtítulo “la hora final”, específicamente en la página 376, se afirma que mientras estaban rondando la casa en San Miguel, “se sienten ruidos que son provocados por el teniente Miguel Krassnoff Martchenko y un suboficial que se acercan para averiguar quiénes son las personas que viven ahí, ya que un niño les ha indicado esa casa”. Sólo habrían tenido “sospechas”, según el texto, de que Miguel Enríquez se encontraba en ese lugar.

“En el alto grado de tensión en que por esos días se encuentra el jefe del MIR, no resulta extraño que antes de comprobar exactamente quiénes son las personas que se acercan a la casa, o intentar alguna maniobra dilatoria, pasa el proyectil a la recámara de su fusil Avtomat Kalashnikov karabin modelo AKS, y ‘se apresura y les dispara’. Entonces, fue el inconfundible sonido que emite esa arma al colocar una bala en posición de salida lo que puso en alerta a los agentes DINA. Efectivamente, al sentir ese ruido se arrojan al suelo, mientras la ráfaga pasa por arriba de sus cuerpos. Menos de un segundo es la diferencia que les permite conservar la vida”.

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Esa declaración, que la planteó el ex integrante de la comisión política del MIR, Roberto Moreno, que fue entrevistado por Pérez en 1999, sería pieza clave para que el abogado de Krassnoff, Raúl Meza, solicite nuevas diligencias para refutar la tesis planteada por Carroza en el auto de procesamiento.

“El supuesto en el que parte el ministro Carroza, en el auto de procesamiento de Miguel Krassnoff, el que es desmentido en este testimonio que da un miembro de la comisión política del MIR, en el sentido de que quien da inicio a este enfrentamiento es precisamente los miembros del MIR, liderados por Miguel Enríquez, en cuanto se indica que él se apresura al control que estaban haciendo los funcionarios del Ejército, en este caso liderados por Miguel Krassnoff, porque ellos pensaban que más bien iba a ser una ejecución y apresuradamente, dice el texto, se anticipa al control de los funcionarios de la DINA y comienza una ráfaga por parte de los miembros de esta organización terrorista”.

– Pero esta persona no estaba presente ese día en San Miguel…

– “Por eso la relevancia a nivel procesal y judicial de que el ministro Carroza cite a este testigo, al miembro del comité político del MIR, en cuanto fue un testigo de referencia, no presencial, y él en su versión tendrá que dar cuenta a quienes escuchó el relato de cómo ocurrieron los hechos, o tendrá que individualizar qué miembros del MIR informaron cómo se produjo la dinámica de los hechos de este enfrentamiento entre los del MIR y los miembros de la DINA. De ahí la importancia de esta diligencia, que será solicitada por este abogado al ministro Carroza”.

Reunion de la agrupación de familiares de ejecutados politicos con el director Nacional de la PDI

La presidenta de la Agrupación de Familiares de Ejecutados Políticos, Alicia Lira, rechaza lo que plantea Krassnoff en su carta, ya que “siguen justificando la tesis que ellos atacaban el terrorismo. O sea, todas las mujeres y hombres que asesinaron eran terroristas. Los hechos históricos, el informe de Verdad y Reconciliación, los procesos en su contra, las más de mil querellas que hemos presentado los familiares, las investigaciones acuciosas de los jueces, han mostrado al final que había una política de exterminar a todo hombre y mujer que luchaba por la recuperación de la democracia y la libertad de nuestro país“.

“A nosotros nos parece mucho más grave esta serie de situaciones que hay hoy día a favor de los violadores de Derechos Humanos, y más encima que él se pronuncie estando en proceso, acusado y condenado en una cantidad insospechable de crímenes cometidos a través de la DINA, haga nuevamente una apología del terrorismo de estado que ellos aplicaron por 17 años en este país. Para nosotros es impresentable cuando hay personeros democráticos, como señor (presidente de la Corte Suprema, Hugo) Dolmestch, que busquen darle beneficios carcelarios a estas personas, que no reconocen que ejecutaron e hicieron detener a estas personas”, especifica Lira.

Sobre las pruebas que muestra la defensa de Krassnoff, que a juicio de ellos evidenciarían que la muerte de Enríquez se debió a un enfrentamiento y no a un ajusticiamiento, Lira se manifiesta confiada en el proceso que lleva Mario Carroza. “Hay que recordar que ese lugar en San Miguel era su hogar. Estaba Carmen Castillo embarazada, y estaban sus otros compañeros. Si tenían armas, estaban en su lógica, pero eso no justifica que ellos planificaron y rodearon la casa para asesinar y exterminar a quienes estaban habitando esa morada. Diga lo que diga Krassnoff y los otros, los hechos demuestran lo contrario“.

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