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10 de Mayo de 2017

Navarro se lanza contra Piñera y pide a Contraloría que audite su declaración de patrimonio

El abanderado presidencial del PAIS desestimó la cifra presentada por su par en la carrera presidencial y pidió al organismo que lo multe en caso de que se compruebe que la cifra no se ajusta a la realidad.

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El senador Alejandro Navarro ingresó esta mañana una presentación a la Contraloría General de la República, para que investigue eventuales irregularidades e infracciones a la Ley sobre Probidad en la Función Pública y Prevención de los Conflictos de Intereses en la declaración de patrimonio e intereses realizada el día de ayer por el precandidato presidencial de Chile Vamos Sebastián Piñera.

Navarro afirmó que “la declaración de intereses y patrimonio de Piñera entregada al Servel abarca solo una parte de su fortuna. Los US $600 millones corresponden al 16,2% del total de su patrimonio si lo comparamos con las cifras reveladas por la Revista Forbes que señalan que su patrimonio alcanzaría los US$ 2.700 millones”.

“Estas cifras dejan en evidencia una eventual omisión de patrimonio e intereses, lo que podría constituir una infracción a la nueva ley de probidad a la que se sometió de forma voluntaria, por lo que hemos estimado pertinente recurrir a la Contraloría para que se realice un proceso de fiscalización y se oficie a la Superintendencia de Valores y Seguros, la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, así como a los organismos internacionales que estos se estimen pertinentes”, explicó.

En esa línea, el abanderado presidencial de PAIS aseguró que “la nueva Ley de Probidad detalla en su artículo 7 los tipos de bienes, acciones o derechos, que tenga el declarante en comunidades, sociedades o empresas constituidas en Chile o en el extranjero, donde este sea controlador o donde pueda influir decisivamente en la administración o en la gestión de ella”.

Asimismo, Navarro destacó que “quienes se sometan a esta ley deben incluir los bienes del cónyuge si están casados bajo sociedad conyugal o del conviviente civil, en caso que hayan pactado régimen de comunidad de bienes. Lo mismo pasa con la declaración de bienes de sus hijos”.

“La Contraloría General de la República deberá notificar a Piñera para su rectificación, quien contará con un plazo de diez días hábiles para subsanar su situación. Si se mantuviere el incumplimiento, la Contraloría o quien corresponda, de conformidad al artículo 46 de la Ley de Probidad, formulará cargos y tendrá el plazo de diez días hábiles para contestarlos”, afirmó.

Según explicó el parlamentario, “en caso de ser necesario, el período probatorio será de ocho días hábiles. Podrán utilizarse todos los medios de prueba, conforme a las reglas de la sana crítica. Expirado este plazo, la autoridad infractora será sancionada con multa a beneficio fiscal de diez a mil unidades tributarias mensuales, además, será considerado como una falta al principio de probidad administrativa, por lo que corresponderá al Contralor General de la República ordenar los sumarios administrativos que procedan”.

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