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19 de Julio de 2017

La prueba de que Chile Vamos tenía el documento para recurrir al TC por aborto antes de la votación

Desde el conglomerado de derecha filtraron el texto al diario El Mercurio con varias horas de antelación a la maratónica discusión en el Congreso.

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Anoche el Senado despachó el proyecto que despenaliza el aborto en tres causales. Durante esta jornada, la iniciativa enfrentará su tercer trámite, el que podría terminar con su despacho definitivo para que la Presidente Michelle Bachelet finalmente lo promulgue como ley de la República.

Sin embargo, desde Chile Vamos, pese a que aún el proyecto no sale del Congreso, ya tomó la decisión de recurrir al Tribunal Constitucional, por lo que elaboraron dos documentos, uno de los diputados y otro de los senadores, excluyendo a Andrés Allamand y Alberto Espina.

En este último, precisamente, se apunta a la inconstitucionalidad de las tres causales: peligro de vida de la madre, inviabilidad del feto o embarazos que resulten por una violación.

La presidenta de la UDI, Jacqueline Van Rysselberghe señaló que “vamos a recurrir al Tribunal Constitucional por las tres causales. Lo que está aprobando el Congreso es relativizar el derecho a la vida, es decir qué tipo de seres humanos pueden vivir“.

El documento fue publicado por el diario El Mercurio y consigna que “la base de este requerimiento radica en solicitar la declaración de inconstitucionalidad del artículo 1º Nº1 del proyecto de ley, en cuanto admite tres causales de aborto directo o provocado -denominado interrupción del embarazo- que pugnan con el deber que la Constitución ha impuesto (…) en orden a proteger siempre la vida del que está por nacer“.

“Este proyecto de ley no despenaliza la ‘interrupción voluntaria del embarazo’, sino que legaliza el aborto directo o provocado: autoriza, en tres causales, mediando la voluntad de la mujer, realizar la conducta directamente abortiva, garantizada como prestación de salud; por tanto, como un derecho subjetivo. Esta es la principal razón por la cual modifica el artículo 119 del Código Sanitario, y no meramente el Código Penal y Código Procesal Penal”, agrega el escrito.

Además, aseguran que el proyecto “legitima el aborto directo o provocado: porque manda e impone a terceros la obligación de realizarlos”. Junto con eso, plantean que cualquiera sea la vía por el legislador para cumplir con el mandato constitucional de proteger la vida, “existe un mínimo negativo indispensable que jamás puede ignorar y mucho menos contravenir: no puede mandar ni permitir los actos que directamente intentan acabar y terminar con la vida del no nacido antes de su nacimiento, y de hecho le impidan nacer. Carece de competencia. Incumple el mandato constitucional expreso para ello”.

“Al suprimir el tipo penal y la prohibición sanitaria del aborto, tal como hace este proyecto en las referidas tres causales: en cada una de ellas se permiten y se mandan los actos que deliberada y directamente impiden al que está por nacer seguir vivo, porque permiten y mandan a terminar con su vida. La contradicción es grosera y salta a la vista, pero es real”, sentencian.

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