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7 de Agosto de 2017

Corte Suprema entrega el cuidado de sus hijos a padre con pareja del mismo sexo

El dictamen del máximo tribunal establece que para mantener la estabilidad personal de los niños, es aconsejable dejar su cuidado personal a cargo del progenitor.

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La Corte Suprema acogió un recurso de casación y concedió el cuidado personal de los dos menores a su padre, el cual tiene pareja del mismo sexo.

En fallo dividido, la Cuarta Sala del máximo tribunal revocó la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que había concedido el cuidado personal a la madre.

El dictamen del máximo tribunal establece que para mantener la estabilidad personal de los niños, es aconsejable dejar su cuidado personal a cargo del progenitor.

Esto, luego que la madre se llevara a los niños a Uruguay por cinco meses para no dejar que los menores quedaran al cuidado de su padre.

Por su parte, esta decisión del Poder Judicial fue celebrada por el Movilh, organismo que recalcó que “estamos en presencia de un hito, pues si bien fallos similares se habían dado en el caso de madres lesbianas, éste el primero de un padre gay y donde en la misma sentencia se hace explícita referencia a su pareja del mismo sexo y al hecho de que convive con él”.

Añadió que “para los jueces lo relevante fue el interés superior del niño, no así la orientación sexual de los padres, lo cual viene a demostrar judicialmente que para la crianza lo más importante es y debe seguir siendo la capacidad de entregar amor, afecto y protección”.

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