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30 de Octubre de 2012

Juez español pide extradición de ex agentes de la DINA procesados por muerte de Carmelo Soria

La decisión fue tomada por el juez Pablo Ruz, quien además dictó órdenes internacionales de detención para su ingreso en prisión a todos ellos.

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Por asesinato y genocidio fueron procesados seis agentes de la ex DINA, acusados de secuestrar, torturar y dar muerte al diplomático español Carmelo Soria, quien el 14 de julio de 1976 se encontraba trabajando para Naciones Unidas en la Cepal.

Según detalla El Pais, ,la decisión fue tomada por el juez Pablo Ruz, quien además dictó órdenes internacionales de detención para su ingreso en prisión a todos ellos.

A juicio del juez de la Audiencia Nacional el asesinato de Soria fue perpetrado dentro del “proceso de represión sistemática y eliminación de opositores al régimen militar” emprendido por Augusto Pinochet, y del que uno de los acusados respondía y daba cuenta personalmente de sus actos.

Los procesados pertenecían a la Brigada Mulchen de la DINA, y son identificados como Juan Guillermo Contreras Sepúlveda, José Remigio Ríos San Martín, Jaime Lepe Orellana, Guillermo Humberto Salinas Torres, Pablo Blemar Labbe y Patricio Quilhot, todos ellos de nacionalidad chilena, al que se suma el estadounidense Michael Vernon Townley, también empleado de la DINA.

Según consta en el procesamiento, todos ellos están acusados de haber participado en el secuestro y tortura del diplomático, a quien rompieron casi todas las costillas y, posteriormente, le inyectaron y le forzaron a beber pisco para darle muerte, aunque finalmente fue estrangulado, metido en un coche y tirado a un canal.

La Audiencia Nacional estima que es competente para asumir investigación en aplicación del principio de jurisdicción universal, al tratarse de un supuesto delito de genocidio y lesa humanidad del que una de sus víctimas habría sido un español fuera del territorio nacional.

El medio español detalla que el juez Ruz ha decidido seguir adelante con el procedimiento al comprobar que la justicia chilena decretado cerrar el caso, impidiendo cualquier pronunciamiento sobre el asunto.

Al respecto, Ruz precisa que “no ha existido una investigación y persecución realmente efectiva de los hechos” y explica que el proceso fue cerrado en aquel país por una amnistía que “no respondía al consenso total de las fuerzas políticas en un periodo constituyente”. Una amnistía que, recalca, supone un “obstáculo que hace imposible la persecución eficaz del delito en el lugar de los hechos”.

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