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31 de Diciembre de 2014

¿Qué pasa si Carabineros te encuentra bebiendo en la vía pública este Año Nuevo?

¿Puedes irte detenido por tomar en la calle? Esto es lo que dice la Ley de Alcoholes.

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Es el último día del año, estamos todos “con la polera con número y las zapatillas con clavos” esperando la hora de salida para ir a preparar el carrete de esta noche. Y claro, a lo mejor la opción es irse a ver los fuegos artificiales de la Torre Entel, o irse a Valparaíso, o donde sea que nos pillen las 12. Total, ¡último día nadie se enoja! ¡Cómo nos van a llevar presos por tomar en la calle si es Año Nuevo! 

¿O no?

El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol (SENDA) nos recuerda que según la Ley de Alcoholes, está prohibido el consumo de bebidas alcohólicas “en calles, caminos, plazas, paseos y demás lugares de uso público”. Si una persona es sorprendida bebiendo, o en manifiesto estado de ebriedad, en alguno de estos espacios, puede ser multada (hasta con 1 UTM) o bien recibir una amonestación.

Si Carabineros de Chile te encuentra en la calle tomando, o en manifiesto estado de ebriedad, no te van a detener, pero si serás llevado a un cuartel policial “para cumplir los trámites que estipula la ley” y para proteger tu salud e integridad. Es la idea.

Ojo: la ley agrega que si la persona “no tuviere control de sus actos”, puede ser mantenido en el cuartel policial hasta que se recupere, incluso por seis horas. De haber riesgo para la salud, lo podrían llevar hasta un Servicio de Salud.

Sobre la multa por beber en la vía pública: La ley establece que ésta podrá ser de hasta 1 unidad tributaria mensual (UTM). Sin embargo, el infractor puede aceptar que cometió la falta (“no se qué me pasó mi cabo, si yo me tomé un vinito con la comida no más”) y pagar inmediatamente el 25% de 1 UTM ($ 10799,5, con la UTM de diciembre a 43.198 pesos) al oficial de guardia de la unidad policial

Si no, la persona es citada ante el juzgado de policía local competente.

Otra vía es que el infractor pague el 50% del monto máximo dentro de los cinco días posteriores a su citación al tribunal. Con esto se pone término a la causa, dice la ley, y se entiende aceptada la multa o infracción.

Finalmente, “el juez podrá conmutar la multa por la realización de trabajos en beneficio de la comunidad ofrecidos por la Municipalidad respectiva u otro organismo público. Dichos trabajos podrán también realizarse en una institución de beneficencia que los contemplare”.

Bonus track:  la venta, obsequio o suministro de bebidas alcohólicas a jóvenes menores de 18 años está prohibida.

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