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30 de Septiembre de 2019

Justicia prohíbe a Donald Trump realizar deportaciones “exprés” a inmigrantes

La jueza consideró la medida anunciada por el presidente norteamericano como "arbitraria” y estimó que causaría a los migrantes "un perjuicio irreparable”.

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La justicia estadounidense prohibió la norma anunciada por Donald Trump, el pasado mes de julio, que realizaba deportaciones aceleradas a inmigrantes indocumentados con menos de dos años en el país.

La jueza de la corte del Distrito de Columbia, Ketanji Brown Jackson, dio a conocer el fallo que frena la aplicación del programa de “expulsión acelerada” anunciada por la administración Trump y prohíbe al Departamento de Seguridad Interior (DHS) aplicar las deportaciones.

La norma, firmada por el secretario interino de Seguridad Nacional, Kevin McAleenan, además ampliaba la deportación en todo el territorio, y no solo a los 160 kilómetros de la frontera que regía hasta entonces.

El documento federal concedía poderes extras a los agentes para detener a inmigrantes en cualquier parte del territorio nacional y así que puedan ser expulsados de forma acelerada si tenían antecedentes criminales y no demostraban que llevaban al menos dos años en el país.

Ketanji Brown Jackson, consideró la medida anunciada por el presidente norteamericano como “arbitraria” y estimó que causaría a los migrantes “un perjuicio irreparable”.

Asociaciones de defensa de los derechos de los inmigrantes habían elevado un recurso judicial, ya que estimaban que la medida propuesta por Trump violaba en particular la Quinta Enmienda de la Constitución, que protege derechos jurídicos.

Por su lado, la Casa Blanca lamentó que, “una vez más”, un juez de distrito haya suspendido la aplicación de la ley federal en todo el país.

La portavoz de la Casa Blanca, Stephanie Grisham, defendió que el gobierno de Trump “ha utilizado esta herramienta para responder a la crisis sin precedentes” en el sistema de migración.

The Washington Post informó que la decisión de la jueza entra en vigor de inmediato.

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