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30 de Diciembre de 2013

Tribunal Eléctrico: Generadoras cuestionan papel de la autoridad en decisiones de los CDEC

Endesa, Colbún, AES Gener, Guacolda, Puntilla e HidroMaule discrepan con el panel de expertos, pues cuestionan las atribuciones de la Comisión Nacional de Energía para intervenir en trámites de estas instancias.

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Las generadoras eléctricas Endesa, Colbún, AES Gener, Guacolda, Puntilla e HidroMaule recurrieron por cuarta vez ante el Panel de Expertos, una suerte de tribunal que zanja las divergencias del sector, para impugnar el rol de la autoridad en decisiones relacionadas con el sector.

Las discrepancias apuntan a la intención de la intervención de la Comisión Nacional de Energía (CNE) -a través de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC)- en algunas decisiones y trámites de los Centros de Despacho Económico de Carga (CDEC), entidades que coordinan la operación de los sistemas y están integrados por generadoras y transmisoras así como los grandes consumidores de energía, informa el DF.

Este desencuentro, que se arrastra desde 2011, se liga con los mecanismos establecidos para enfrentar el quiebre en la cadena de pagos de sistema que provocó la quiebra de Campanario.

Pero en esta oportunidad el cuestionamiento se centra en varios artículos de la más reciente versión del Procedimiento de la Dirección de Peajes (DP) del CDEC del Sistema Interconectado Central (SIC) para el “Cálculo y Determinación de Transferencias Económicas de Energía”, es decir, es el protocolo para definir los pagos que las generadoras deben hacer o los ingresos que reciben según sus retiros o inyecciones de energía.

El texto establece, entre otras materias, un mecanismo para suspender del sistema a una empresa que, tal como sucedió antes con Campanario, deje de cumplir sus obligaciones. En este contexto, las empresas reclaman ante el panel, que el procedimiento establece que el CDEC debe comunicar el incumpliento a la SEC para que ésta decrete la suspensión e instruya la forma de proceder en esta situación excepcional.

El grupo de generadoras coincide al señalar que esto es contrario a lo establecido en la legislación respecto de las atribuciones de la autoridad e, incluso, a lo que recientemente determinó la Contraloría General de la República, según mencionan HidroMaule y Puntilla en su presentación conjunta.

Por su parte, AES Gener argumenta que el objetivo de esta medida es “dejar sometida a la DP del CDEC –y a través 
de ésta, a todos los integrantes 
del CDEC- a las instrucciones de la SEC (…) la autoridad pretende 
por esta vía indirecta hacerse 
de poderes omnímodos para redistribuir, según su propio criterio, 
las consecuencias jurídicas y económicas de una relación contractual fallida”.

El 20 de diciembre se realizó la audiencia pública, donde las empresas y el CDEC expusieron sus posturas y éste último planteó que dejaba a criterio del panel la determinación de quién debe decretar la suspensión. Ahora, sólo resta que nuevamente el tribunal dirima esta disputa.

El 19 de diciembre pasado la Contraloría General de la República se pronunció en el marco del recurso que Colbún, AES Gener, Endesa Chile y Eléctrica Puntilla presentaron para impugnar una instrucción de la SEC que establece que las generadoras asuman a su costo el abastecimiento de volúmenes de energía excedentarios a los contratados por las distribuidoras, amparada en directrices y estudios de la CNE y la Subsecretaría de Energía.
La respuesta del organismo fue un revés para las eléctricas ya que no se pronunció debido a que el tema está en conocimiento de los tribunales de Justicia.

Esto se refiere a los recursos de protección que cuatro generadoras interpusieron ante la Corte de Apelaciones de Santiago también en contra del polémico instructivo. Según consta en los expedientes electrónicos del tribunal en algunas de estas causas los alegatos ya se realizaron, mientras que en otra de ellas Eléctrica Puntilla, ligada a los Canalistas del Maipo, pidió que el tribunal requiera a la CNE y a la Subsecretaría de Energía explicaciones respecto de los antecedentes que la SEC tomó como directrices en este asunto.

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