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7 de Octubre de 2014

Corte Suprema: Comunidades Diaguitas del Huasco lograron frenar al proyecto El Morro

Las comunidades indigenas responsables del recurso, acogido por la Tercera Sala, son las mismas que mantienen suspendidas las faenas del proyecto minero Pascua Lama de Barrick Gold y son representadas por los abogados Lorenzo Soto y Alex Quevedo.

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La Tercera Sala de la Corte Suprema acogió el recurso de protección presentado por comunidades diaguitas en contra de la decisión de la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Atacama, que aprobó estudio de impacto ambiental del proyecto minero El Morro.

Con esto se revocó  el fallo de abril de este año que había rechazado el recurso de protección que presentaron las organizaciones indígenas del Valle del Huasco contra el proyecto minero que se ubica en la cordillera.

Tras esto, el máximo tribunal ha ordenado a la Comisión Ambiental regional paralizar la calificación ambiental favorable que resolvió el pasado 22 de octubre de 2013 y someter el proyecto a una consulta indígena de acuerdo al Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

En fallo dividido del tribunal fue adoptado por los ministros Rubén Ballesteros, Héctor Carreño, Rosa Egnem y María Eugenia Sandoval; además del abogado (i) Ricardo Peralta y estipula dos grandes puntos: 

Dejar sin efecto los Informes de Conadi contenidos en los Oficios N°00 y 564 de 2013 en los cuales la Corporación manifiesta su conformidad con el Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto “El Morro”, y la Resolución de Calificación Ambiental N°232 de 22 de octubre de 2013 que califica favorablemente el mismo Estudio de Impacto Ambiental.

La Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Atacama deberá solicitar a Conadi nuevos informes, en los cuales exponga fundadamente su criterio en cuanto a la pertinencia de cancelar el proceso de Consulta Indígena dispuesto en la Resolución N°69/2013 y de no realizarla respecto de los recurrentes individualizados en el considerando tercero de esta sentencia y una vez que éstos sean evacuados, proceder a emitir una nueva Resolución de Calificación Ambiental del Estudio de Impacto Ambiental del proyecto “El Morro” en que éste sea calificado ambientalmente acorde al mérito de los antecedentes y según el procedimiento contemplado en la Ley N°19.300” dice el fallo.

El Morro, corresponde a un proyecto desarrollado por la canadiense Goldcorp, que posee el 70% y por una empresa minero jurior llamada New Gold.

En enero, Goldcorp, estimó que El Morro, posee reservas por 6,1 millones de libras de cobre y 8,4 millones de onzas de oro y que tendría un costo de desarrollo de US$3.900 millones.

Una vez en plena producción, la mina produciría un promedio de al menos 200 millones de libras de cobre y 210.000 onzas de oro durante una vida útil de 17 años.

Las comunidades Diaguitas que paralizan este proyecto son las mismas que mantienen suspendidas las faenas del proyecto minero Pascua Lama de Barrick Gold y que son representadas por los abogados Lorenzo Soto y Alex Quevedo.

La decisión se adoptó con los votos en contra de los ministros Ballesteros y Egnem, quienes consideraron que la vulneración de derechos no requiere cautela inmediata.

“A juicio de estos sentenciadores las ilegalidades y arbitrariedades que se denuncian por los apelantes, en el evento de considerarse que ellas se configuran en el caso de autos, no requieren de una cautela inmediata y urgente que este Tribunal tenga que otorgar, razón por la cual en su concepto deben ser desechadas las impugnaciones”, opina los disidentes.

 

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