Nuevo triunfo del consumidor: jaque legal al Predictor de Riesgo de Dicom
La Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago declaró ilegal el sistema denominado "Predictor" de Dicom, tras acoger un recurso de protección presentado por Leonardo Espinoza López.
Por Andrea Medina
La Segunda Sala de la Corte de
Apelaciones de Santiago declaró ilegal el sistema denominado
“Predictor” de Dicom, tras acoger un recurso de protección
presentado por Leonardo Espinoza López.
La acción fue acogida en forma unánime
por los ministro Juan Eduardo Fuentes Belmar, Mario Rojas y el
abogado integrante Rodrigo Asenjo y en ella se declara que el sistema
“Predictor” vulnera las garantías constitucionales del
artículo 19, Nº 2, referida a la igualdad ante la ley, el Nº 4,
protección y respeto a la vida privada y el Nº 26, sobre seguridad
y preceptos legales, además del Pacto de San José de Costa Rica.
La resolución señala que si bien el
fallo sólo se refiere al caso reclamado por Espinoza López, el
sistema debería ser eliminado por dañar injustamente la imagen de
las personas sin que exista autorización legal.
“No obstante la conciencia de
estos sentenciadores en cuanto al efecto relativo de las sentencias,
no pueden omitir el dejar constancia de su parecer en el sentido de
que resultan tan obvias las ilegalidades y arbitrariedades que comete
la recurrida (Dicom), con la elaboración y puesta a disposición del
público del denominado predictor de riesgo, que estiman se trata de
una práctica a la que debiera ponerse término, para evitar así el
poder llegar a dañar injustamente el crédito y la imagen de las
personas, sin que exista autorización legal que lo permita, ni
razones objetivas que lo avalen”, dice la resolución.