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2 de Noviembre de 2017

Justicia ordena a Gendarmería no vulnerar dignidad de presos

La Corte de Apelaciones de Valdivia acogió recursos de amparo interpuestos en contra de Gendarmería, por vulneración de los derechos de los internos del Centro Penitenciario de la ciudad durante un procedimiento de revisión.

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La Corte de Apelaciones de Valdivia acogió recursos de amparo interpuestos en contra de Gendarmería, por vulneración de los derechos constitucionales a la libertad personal y seguridad individual de los presos del Centro Penitenciario de la ciudad, infracción cometida durante una revisión corporal de búsqueda de elementos prohibidos al interior del recinto.

En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por la ministra Marcia Undurraga, la fiscal judicial Gloria Hidalgo y el abogado (i) Juan Carlos Vidal– acogió las acciones constitucionales interpuestas por la Defensoría Penal Penitenciaria y el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH).

Marcela Tapia Silva, defensora penal pública penitenciaria, interpuso la acción de amparo a favor de todos los habitantes del módulo 43 del Complejo Penal Penitenciario de Valdivia, en contra de Gendarmería de Chile.

Específicamente, por los hechos ocurridos la mañana del 16 de agosto de 2017, cuando durante un procedimiento, realizado con gran despliegue y el apoyo de perros, se les ordenó a los internos del módulo que se desnudaran para revisar sus vestimentas y se les ordenó que hicieran flexiones estando desnudos, todo bajo una intensa lluvia y en un sector donde no hay cámaras de vigilancia.

La abogada relata en el fallo que los internos expresaron que este procedimiento es habitual y en este caso se suscitó por un reclamo de los reos, por los constantes allanamientos nocturnos en el módulo, hechos que quedaron registrados en un video tomado por un recluso de un módulo vecino y que se hizo púbico en los medios de comunicación.

Agrega que “no existe ni puede existir ninguna normativa interna de Gendarmería que pueda autorizar atropellar la dignidad humana de internos que cumplen condena, quienes ven afectada su integridad física y psíquica por los allanamientos”.

Dicho recurso se acumuló con el recurso de protección en contra de Gendarmería presentado por el Instituto Nacional de Derechos Humanos en representación de 99 internos residentes del Módulo N° 12 del Complejo Penitenciario Llancahue de Valdivia.

Relata el recurso que el 12 de agosto de 2017, 10 gendarmes ingresaron al módulo 12 utilizando bastones con los que golpearon a los internos, juntándose a todos en el patio sentados y con las manos en la cabeza, escogiéndose a ocho de ellos y llevados a un pasillo, donde fueron nuevamente golpeados para ser después trasladados a una celda de tránsito de una dimensión de 1,0 por 1,4 metros. Una situación similar se registró el 15 de agosto, quedando dos internos con cortes en la cabeza y lesiones en la espalda.

Al día siguiente, se realizó un allanamiento para sacar a los internos al patio en medio de la lluvia, obligándoles a desnudarse y a hacer sentadillas ante perros sin bozal, lo que fue grabado por internos del mismo complejo penitenciario y viralizado en redes sociales, todo en medio de golpes e insultos, relatando los internos que semanalmente se producen al menos 3 allanamientos generales con el mismo método. Por la grabación de este procedimiento, al día siguiente, dos internos estuvieron más de 4 horas en la celda de tránsito acusados supuestamente destruir una frazada fiscal. Dichos internos sufrieron golpes en un lugar donde no existen cámaras de seguridad.

La resolución explicó que “resultó innecesario imponer el registro a los reclusos con desprendimiento total de sus ropas y hacerlos permanecer en ese estado por un tiempo no menor, pues si ello era necesario para cumplir con la finalidad del registro corporal o táctil, debía hacerse en un lapso prudente y acorde con la duración lógica de un acto como ese”, agregando que es inadmisible la explicación de Gendarmería de que los reclusos se sacaron la ropa voluntariamente.

De los hechos relatados, sólo se pudieron constatar los señalados por el primer recurso, siendo acogido el amparo y ordenando a Gendarmería a no incurrir en infracciones similares, según indican los reglamentos internos.

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