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16 de Marzo de 2018

Metro deberá pagar millonaria multa por no contar con acceso para discapacitados en estación

Corte de Apelaciones estableció que la empresa tiene deficiencias para implementar medidas en favor de discapacitados o personas con movilidad reducida.

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La empresa Metro S.A. deberá pagar una multa de 50 unidades tributarias mensuales (un poco más de $2.300.000) por no contar con acceso para usuarios con discapacidad o movilidad reducida en estación.

El fallo unánime de la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia por infracción a la ley de protección de los derechos de los consumidores que había dictaminado el Segundo Juzgado de Policía Local de Santiago.

La causa se inició en febrero de 2016 tras la denuncia de una madre quien no pudo subir desde el andén de la estación Franklin con su hijo en silla de ruedas, ya que la estación no posee ascensor, montacargas ni tarimas para discapacitados.

Tras no recibir respuestas al apretar los botones de emergencia y citófonos, fue ayudada por otros pasajeros a subir. Luego consultó en ventanilla y le dijeron que no había jefe de estación y que debía usar la escalera mecánica. Al hacerlo, cayó desde la escalera con la silla. Tras la constatación de lesiones, recibió una licencia por las policontusiones y otras lesiones de carácter leve que presentaba.

En el fallo se estableció que Metro SA no posee en la estación Metro Franklin “un sistema eficiente de ayuda para personas discapacitadas, dificultando su ingreso y desplazamientos en sus dependencias, ya que los citófonos que se muestran en las fotografías demuestran que no es posible acceder a ellos por personas que se encuentran en silla de ruedas”.

Así, se estableció que la empresa infringió las normas sobre protección al consumidor al no prestar el servicio de transporte, de manera eficiente a la denunciante y su hijo como consecuencia de la deficiente implementación de medidas para personas discapacitadas o con movilidad reducida.

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