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16 de Marzo de 2018

Servel cursó 1.389 multas por incumplir la ley electoral en las últimas elecciones municipales

Hasta 200 UTM deberán pagar los candidatos a concejales y alcaldes.

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Multas de entre 5 y 200 UTM deberán pagar los candidatos a alcalde y concejales que infringieron la normativa electoral durante las Elecciones Municipales 2016.

Así lo determinó el Servicio Electoral (Servel) tras la revisión de más de 1.964 denuncias relativas a materias de propaganda, de las cuales la Subdirección de Control del Gasto y Financiamiento Electoral, a cargo de la gestión de éstas, admitió un 25,7%.

En total se abrieron 745 Procedimientos Administrativos Sancionatorios (PAS), de éstos 344 son originados por denuncias ciudadanas, 121 de las municipalidades, 72 de Carabineros de Chile, 59 derivadas de los juzgados de policía local y 149 fiscalizaciones de oficio que instruyó el Servel.

Las causales más recurrentes de este tipo de denuncias fueron haber realizado propaganda fuera del plazo legal (29% del total), seguida por la realización de propaganda en espacios no autorizados, con un 21,9%.

Tras las indagatorias pertinentes, en que se investigó a 740 personas, hubo 624 PAS que resultaron con la aplicación de multas, las que en conjunto suman 30.115 UTM. De ellas, un 40,8% se debió a la constatación de propaganda en espacios públicos no autorizados, un 39,8% por acreditarse la instalación de propaganda fuera del plazo legal, y el porcentaje restante a otras infracciones.

Por otra parte, en cuanto a gasto electoral el Servel inició 812 PAS, en contra de 1.195 administradores electorales y administradores generales electorales, por cuentas que no presentaron o que lo hicieron fuera de plazo, resultando 765 de ellos con la aplicación de multas, las que suman en total 24.905 UTM.

En tanto, las dos sanciones que más se aplicaron corresponden a la no presentación de la cuenta general de ingresos y gastos electorales dentro de los 30 días hábiles siguientes a la fecha de la elección, y el no haber remitido al administrador general electoral la cuenta de la candidatura a su cargo, dentro del plazo de los 10 días hábiles luego de la elección.

Las multas a pagar fluctúan entre 20 y 200 UTM en el caso de infracciones por propaganda y entre 5 y 50 UTM en aquellas que corresponden a gasto electoral.

los afectados podían recurrir a la justicia electoral. De modo que 235 PAS por propaganda y 148 por gasto electoral fueron reclamados en dicha instancia.

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