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23 de Mayo de 2018

Ratifican condenas a ex miembros de la DINA y Colonia Dignidad por 50 casos de secuestro

En la ex Villa Baviera, las víctimas permanecieron atadas y fueron interrogadas bajo tortura, siendo algunos liberados tras varios días mientras que "otros fueron trasladados por los agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), a los centros de prisioneros que ésta mantenía en la ciudad de Santiago".

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La segunda sala de la Corte Suprema confirmó la sentencia que condenó al ex agente de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) Fernando Gómez Segovia y al ex colono de Colonia Dignidad Gerhard Mücke Koschitze por su responsabilidad en 50 casos de secuestro calificado de víctimas detenidas en Talca y Parral en 1975.

Gómez fue condenado a 5 años de presidio por su responsabilidad como autor y Mücke a 3 años y un día de presidio por su responsabilidad como cómplice de los delitos.

Según pudo establecer el ministro en visita Jorge Zepeda durante su investigación, las víctimas fueron detenidas en distintos puntos de la Región del Maule, entre abril y junio de 1975, y luego fueron trasladadas hasta Colonia Dignidad, recinto en el que “en el cual operaban agentes de Estado, determinadamente, efectivos pertenecientes la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) junto a colonos residentes en esa colonia alemana, colaboradores éstos de aquéllos”, sostiene el fallo.

En la ex Villa Baviera, las víctimas permanecieron atadas y fueron interrogadas bajo tortura, siendo algunos liberados tras varios días mientras que “otros fueron trasladados por los agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), a los centros de prisioneros que ésta mantenía en la ciudad de Santiago”.

“La privación de libertad a las víctimas en Colonia Dignidad lo fue sin existir orden de autoridad pública, basada en causa legal en contra de ellas y se ejecuta en aplicación de un plan de ataque directo a la vida, integridad física, libertad y dignidad de las personas y a la noción de humanidad misma, en el contexto de persecuciones, torturas, desapariciones, y otros tratos crueles e inhumanos en contra de un determinado grupo de la población, cuyos fundamentos fueron motivos políticos“, añade la sentencia judicial.

En el ámbito civil, se acogió excluir a los familiares de las víctimas de indemnizaciones por concepto de daño moral.

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