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4 de Junio de 2018

Latam busca dejar sin efecto impedimento para contratos con el Estado tras sentencia laboral

La empresa asegura que es inconstitucional que se aplique el artículo 4° de la Ley N° 19.886, lo que le impediría contratar con el Estado por ser condenado por infracción a los derechos fundamentales de los trabajadores.

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La empresa Latam Airlines Group S.A. presentó el 29 de mayo ante el Tribunal Constitucional un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 4° de la Ley N° 19.886, que regula los Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, lo que le impediría contratar con el Estado por ser condenado por infracción a los derechos fundamentales de los trabajadores.

En concreto, la empresa asegura que es inconstitucional que se aplique tras la sentencia en su contra en el Primer Juzgado de Letras de Trabajo de Santiago, que se encuentra actualmente en la Corte de Apelaciones de Santiago, por recurso de nulidad laboral.

Latam fue condenada el 21 de marzo pasado por vulneración de garantías constitucionales en contra de Sebastián Juan Andrés Lobos, agente de servicio al pasajero senior y dirigente sindical, quien denunció que la empresa había violado su derecho a la protección de la vida privada o intimidad al haber sido cambiadas las chapas del casillero que tenía asignado en los camarines, el 2 de agosto de 2017.

Respecto a esta sentencia, la empresa presentó un recurso de nulidad, por lo que los antecedentes fueron enviado a a la Corte de Apelaciones de Santiago, encontrándose aún esta causa en dicha etapa.

Con la presentación ante el Tribunal Constitucional, la aerolínea busca dejar sin efecto el impedimento legal que le impediría acceder a contratos con el Estado por tener condenadas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, entre otros, argumentando que el fallo aún no está ejecutoriado, a pesar de que una copia de la sentencia ya fue enviada a la Dirección del Trabajo.

Argumenta que en caso de aplicarse la sanción, se impediría a la empresa a seguir prestando servicios de transporte de pasajeros y de bienes a zonas remotas o de difícil acceso aéreo a las que no llegan otras líneas aéreas, como Puerto Natales, Castro e Isla de Pascua.

Estima además que el castigo es “desproporcionado” y que implicaría un perjuicio por US$50 millones.

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