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26 de Julio de 2018

Otorgan libertad condicional a reo de Punta Peuco que participó en la Caravana de la Muerte

Polanco Gallardo recibió tres condenas por el episodio “Antofagasta” de la Caravana de la Muerte.

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El pasado 17 de julio, la Corte de Apelaciones de Santiago le otorgó la libertad condicional al coronel (r) del Ejército Luis Felipe Polanco Gallardo (73), quien se encontraba recluido en el penal Punta Peuco cumpliendo diversas condenas por violaciones a los derechos humanos durante la dictadura militar.

En 2016, Polanco fue condenado a tres años y un día de presidio en calidad de encubridor del homicidio de 14 personas; en 2018 a diez años y un día por cómplice de homicidios calificados, y a cinco años y un día como cómplice de secuestros, todo en el marco del episodio “Antofagasta” de la Caravana de la Muerte.

Según consigna The Clinic, el abogado defensor de Gallardo argumentó que ha mantenido una “conducta sobresaliente” dentro del penal, y que “realiza trabajos intrapenitenciarios siendo calificado en los últimos tres bimestres con conducta muy buena”.

Estos mismos argumentos fue los que presentó en abril pasado ante la misma corte, la que finalmente optó por denegar el beneficio en atención al informe psicosocial emanado por Gendarmería, donde se señala que Polanco “presenta una insuficiente conciencia del delito, describiendo la participación que tuvo en el mismo de manera objetiva y formal del rol que cumplía al momento del ilícito, afirmando sin asumir el conocimiento de ellos y sus asesinatos, insistiendo que quienes tomaron las decisiones no asumieron sus responsabilidades. Respecto a la conciencia del daño y mal causado, refiere que es ausente, desde que niega haber provocado daños a terceros”.

La defensa del condenado presentó que “los aspectos que trata el informe psicológico no repercuten ni afectan el correcto desenvolvimiento del interno en el recinto penal, de manera que llevan a que su conducta sea considerada por Gendarmería cada sucesivo bimestre como muy buena”.

“No resulta aceptable que posteriormente, del resultado de una entrevista el interno llevada a cabo por un psicólogo y otros profesionales se pueda llegar a concluir que por aspectos relativos a su fuero interno y no a su conducta, esta no pueda calificarse como intachable, como lo demanda la ley (…)”, agregó.

Finalmente, el tribunal acogió la acción y determinó “la inmediata libertad” de Polanco Gallardo, “y por tanto su egreso del Centro de Detención Preventiva Punta Peuco para el goce efectivo del beneficio”.

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