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9 de Agosto de 2018

Corte Suprema rechaza demanda contra el Fisco tras 20 años de conflicto judicial

"La demanda fue interpuesta por Darwin Astudillo, quien demandó al Fisco por indemnización de perjuicios, tras la querella criminal que el SII presentó en su contra por la supuesta emisión de facturas ideológicamente falsas".

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La Corte Suprema confirmó la sentencia que rechazó el recurso de casación y demanda presentada en contra del Fisco por el supuesto actuar negligente del Servicio de Impuestos Internos (SII) en la interposición de querellas por delitos tributarios.

La demanda fue interpuesta por Darwin Astudillo, quien demandó al Fisco por indemnización de perjuicios, tras la querella criminal que el SII presentó en su contra, por la supuesta emisión de facturas ideológicamente falsas respecto de operaciones de compra de ganado inexistente, cuestión que no era efectiva, según se estableció en la causa Rol N° 112.710 del Primer Juzgado del Crimen de Temuco, en que se dictó sentencia absolutoria que fue confirmada por el Tribunal de Alzada, rechazándose posteriormente el recurso de casación deducido por el demandado.

El demandante sostiene que el SII se querelló en su contra en el año 1997 y solicitó reiteradamente que se le sometiera a proceso, apeló del fallo de primer grado y dedujo recurso de casación en el fondo, que fue rechazado en 2009. Ante esta situación, se lee en el texto del fallo, durante trece años el demandante “fue sometido a una situación de contribuyente excluido de toda posibilidad de ejercer su profesión y de poder participar en actividades comerciales, siendo estigmatizado, cuestión que le generó ingentes perjuicios consistente en daño emergente, lucro cesante y daño moral”.

Finalmente, en fallo unánime, la tercera sala del máximo tribunal ratificó la resolución impugnada, tras establecer que la acción judicial se debió dirigir en contra del SII y no del Fisco.

“Al acoger la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por el Fisco, la sentencia impugnada ha aplicado correctamente la normativa aun tratándose de una acción de indemnización de perjuicios por actos u omisiones del Servicio de Impuestos Internos. En efecto, el Servicio de Impuestos Internos goza de personalidad jurídica distinta de la del Fisco”, indica la resolución.

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