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10 de Octubre de 2018

Caso Luchsinger Mackay: Corte Suprema dice que “no fue acto terrorista” en fallo de reemplazo

Se acogió parcialmente los recursos de nulidad presentados por las defensas en contra de la sentencia del 11 de junio pasado.

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La Corte Suprema dio a conocer hoy un fallo de reemplazo en el juicio por el caso Luchsinger –Mackay en el que eliminó el carácter de terrorista del incendio con resultado de muerte, además de cambiar las sentencias de presidio perpetuo simple por penas de 18 años de cárcel. Al término de la lectura se registraron incidentes por parte de mapuches que asistieron a la audiencia.

El fallo unánime fue adoptado por la Segunda Sala penal del máximo tribunal del país, integrada por los ministros de la Corte Suprema Hugo Dolmestch (presidente), Carlos Künsemüller, Lamberto Cisternas, Manuel Antonio Valderrama y Jorge Dahm (quien leyó la resolución). Los jueces estimaron que no hubo ánimo de causar alarma o terror en la población.

Gracias a la recalificación del delito, los condenados José Tralcal Coche y Luis Tralcal Quidel se vieron beneficiados con la rebaja de presidio perpetuo simple (mínimo de 20 años antes de recibir cualquier beneficio) a 18 años de cárcel. Es la misma pena que recibió el machi Celestino Córdova, el primer condenado en el caso.

En tanto, en el caso de José Peralino Huinca se mantuvo la sentencia de cinco años de libertad vigilada intensiva, gracias a su colaboración en la investigación.

De esta manera, la Corte Suprema acogió parcialmente los recursos de nulidad presentados por las defensas en contra de la sentencia del 11 de junio pasado, emitida por el Tribunal Oral Penal de Temuco, en el segundo juicio por el caso Luchsinger Mackay. El condenado Tralcal Quidel se encuentra prófugo de la justicia, y se dictó una orden de detención en su contra.

En el segundo juicio, el tribunal de Temuco absolvió a 8 acusados, entre ellos la machi Francisca Linconao. Los 11 comuneros fueron acusados como autores del delito consumado de incendio con resultado de muerte, en carácter de terrorista, en contra del matrimonio, ilícito perpetrado en el fundo Granja Lumahue, comuna de Vilcún, en la madrugada del 4 de enero del año 2013.

En el primer juicio, los 11 acusados fueron absueltos en fallo unánime del 25 de octubre de 2017, emitido por el mismo tribunal, pero la Fiscalía Regional de La Araucanía y los querellantes recurrieron a la Corte de Apelaciones de Temuco, que el 29 de diciembre del año pasado –también en fallo unánime- anuló el juicio y ordenó uno nuevo con distinta integración de magistrados.

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