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20 de Diciembre de 2018

Huracán: informe final descartó responsabilidad política de Fernández y Aleuy

Se definió, asimismo, que los hechos investigados tienen su origen en la falta de control externo e interno de las direcciones de Inteligencia que poseen cada una de las ramas de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Públicas.

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La Cámara de Diputados aprobó por 121 votos a favor y una abstención el informe de la comisión que investigó la Operación Huracán y que entregó ocho conclusiones, incluyendo la asignación de responsabilidades políticas a exautoridades de Carabineros, y 11 recomendaciones.

Respecto al sistema nacional de inteligencia del Estado de Chile, la comisión concluyó que funcionarios de Carabineros se extralimitaron el ejercicio de sus funciones, haciendo uso indebido de las facultades entregadas por la ley de inteligencia, lo que permitió la introducción de evidencia dentro del proceso penal que, según lo establecido por las investigaciones judiciales en curso, a todas luces no cumplían con los estándares mínimos de juridicidad y protección de Garantías Constitucionales.

Se definió, asimismo, que los hechos investigados tienen su origen en la falta de control externo e interno de las direcciones de Inteligencia que poseen cada una de las ramas de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Públicas; y se observó que, tanto el uso engañoso de información y la sanción a esta práctica ilícita, deberían estar sometidos a un estatuto idéntico del proceso penal.

“Quedó de manifiesto en la Comisión, tras las presentaciones de los académicos y expertos invitados, que uno de los principales problemas que aqueja a nuestro sistema de inteligencia, y a Carabineros de Chile en particular, se relaciona con la autonomía con la que cuentan, la cual no se encuentra justificada democráticamente”, se acotó.

El texto también resalta que, existiendo una investigación abierta y pendiente un eventual juicio, estuvo vedado entrar en mayores detalles relativos a la investigación penal en curso, sus posibles resultados y eventuales responsabilidades.

“Lo anterior no obsta a que esta Comisión concluya que existe una alta responsabilidad institucional de Carabineros en la investigación policial denominada Operación Huracán”, se concluyó.

Se estimó de extrema gravedad que Carabineros haya impedido, mediante el acuartelamiento de su personal, el allanamiento instruido por el Ministerio Público a las dependencias de la Unidad de Inteligencia de Carabineros de Temuco.

“Carabineros, al movilizar a su personal y vehículos para impedir dicha diligencia, obstruyó una investigación en curso que finalmente derivó en responsabilidades penales de funcionarios de dicha Unidad”, agrega.

La comisión sostuvo también que “la utilización de pruebas falsas u obtenidas fraudulentamente en el marco Operación Huracán fue un montaje llevado a adelante por la Unidad de Inteligencia de Carabineros para incriminar a personas pertenecientes al pueblo Mapuche”.

Se añade luego que resulta particularmente grave que Carabineros haya llevado a adelante prácticas que escapan de los preceptos de un Estado de derecho y el debido proceso.

Otro hecho criticado guarda relación con la adquisición por parte de Carabineros del software Oxygen Forensic.

“Para esta comisión investigadora resulta insoslayable que la falta de control interno descrita en los párrafos precedentes deja en evidencia la responsabilidad de mando de los exgenerales señores Gonzalo Blu y Bruno Villalobos en este caso, considerando las obligaciones de mando, supervisión y control que establece la ley para Carabineros de Chile, como institución jerarquizada y dependiente del poder civil”, sentencia finalmente en este apartado el informe.

MINISTERIO DEL INTERIOR NO TUVO RESPONSABILIDAD POLITICA

Sobre la base de las normas legales (en materia de orden público) aplicables al Ministerio del Interior, se consideró que “no resulta posible vincularlos a una eventual responsabilidad política respecto de los hechos que fueron objeto de análisis por esta Comisión, los que se dan en el marco normativo del sistema de inteligencia”.

Pese a lo anterior, se sentencia que el Gobierno, a través del ministro del Interior y Seguridad Pública, Mario Fernández, y de su subsecretario de Interior, Mahmud Aleuy, mantuvo con Carabineros una comunicación general de las operaciones que este desarrollaba, haciéndose eco en términos comunicacionales de los resultados que dicha institución entregaba, “sin mayores cuestionamientos al origen y calidad de las pruebas aportadas”.

Además, se refutó que las citadas autoridades actuaron “en forma temeraria y desproporcionada, generando expectativas de resultados positivos sobre la base de operaciones policiales construidas en falsedades e imputaciones fraudulentas a líderes Mapuche, cuyas imputaciones no habían sido verificadas por los tribunales de justicia”.

La comisión también llegó a la convicción de que el “Ministerio Público tiene responsabilidad en los hechos objetos de investigación, ya que actuó de manera poco diligente al haber ordenado la detención e incluso solicitar la prisión preventiva de personas involucrados en el caso, sin determinar previamente que la evidencia aportada por Carabineros de Chile cumplía con los estándares mínimos de juridicidad y protección de derechos fundamentales”.

Adicionalmente, hubo un reproche a la existencia de versiones encontradas respecto del grado de participación que tuvo la Fiscalía Regional de La Araucanía y Carabineros de Chile durante el proceso investigativo.

En materia de recomendaciones, se plantea reformar profunda e integralmente el Sistema Nacional de Inteligencia chileno, así como impulsar una reforma integral a Carabineros que considere, por ejemplo, crear un sistema de control de la contratación de organismos colaboradores, establecer órganos de control civil interno y externo sobre las actuaciones de sus funcionarios y modernizar e institucionalizar un perfil profesional de ingreso de funcionarios a las Unidades de Inteligencia y la Dirección de Inteligencia de Carabineros.

También se propone modificar la Ley 19.863, que contiene normas sobre gastos reservados; ampliar las hipótesis de comparecencia a estas instancias de fiscalización de la Cámara de Diputados a exfuncionarios públicos y a particulares que hayan tenido contratos con el Estado, municipios, corporaciones o fundaciones de derecho público y empresas estatales, entre otras.

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