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17 de Enero de 2019

Cámara de Diputados aprueba nueva extensión a la “Ley del mono”

Se aprobó con votación unánime de 123 sufragios a favor la propuesta que amplía la vigencia de esta ley por tres años, fijando su nueva fecha de caducidad para el 4 de febrero de 2022.

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Este jueves la Sala de la Cámara de Diputados aprobó el proyecto que extiende por tres años la vigencia del sistema simplificado para la regularización de viviendas de autoconstrucción, más conocida como “Ley del mono”.

El proyecto fue presentado en octubre de 2018 porque el próximo 4 de febrero vence la vigencia del marco normativo que define el sistema simplificado, pero aún existe un amplio número de construcciones que no han podido acogerse aún a este beneficio.

Ante esto, la Cámara Baja aprobó con votación unánime de 123 sufragios a favor la propuesta que amplía la vigencia de esta ley por tres años, fijando su nueva fecha de caducidad para el 4 de febrero de 2022.

Además, se agrega una precisión en torno al certificado de avalúo que otorga el Servicio de Impuestos Internos, que se debe presentar ante la Dirección de Obras Municipales para realizar el proceso de regularización, particularmente para aclarar que el documento debe estar conforme a la fecha de publicación de esta ley.

Los requisitos para que los dueños de viviendas que no cuenten con recepción definitiva, total o parcial, emplazadas en áreas urbanas o rurales obtengan los permisos de edificación y de recepción definitiva son los siguientes:

1- Haber sido construidas antes de la publicación de esta ley.

2- No estar emplazadas en áreas de riesgo o protección, en terrenos declarados de utilidad pública o en bienes nacionales de uso público. Tratándose de áreas urbanas, deberán estar emplazadas en suelo que admita el uso residencial.

3- Tener un avalúo fiscal de hasta 1.000 unidades de fomento. El avalúo se acreditará con el certificado otorgado por el Servicio de Impuestos Internos.

4- Tener una superficie cuyos recintos habitables, incluidos baños y cocina, no exceda de 90 metros cuadrados.

5- No tener, a la fecha de ingreso de la solicitud de regularización, reclamaciones escritas pendientes por incumplimiento de normas urbanísticas ante la dirección de obras municipales o el juzgado de policía local respectivo.

6- Cumplir con las normas de habitabilidad, seguridad y estabilidad de las viviendas; las aplicables a las instalaciones interiores de electricidad, agua potable, alcantarillado y gas; y las normas de habitabilidad, alturas, terminaciones, ventilación, seguridad contra incendio y resistencia, entre otros.

Ahora el proyecto aprobado por la Cámara Baja deberá ser votado por el Senado, en su segundo trámite legislativo, y, de ser aprobado, quedará listo para convertirse en ley y que se haga efectiva la extensión de la vigencia de la “ley del mono”.

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