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23 de Enero de 2019

Candidatura de Javiera Parada responde por cuestionado uso de datos de militantes de Revolución Democrática

El artículo 22 de la Ley Orgánica de Partidos Políticos sólo establece la necesidad de tener un registro de los militantes y sus inhabilidades, mientras que el procesamiento de sus datos se rige por la Ley de Datos Personales.

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Frente a las acusaciones de uso irregular de las bases de datos de los militantes de Revolución Democrática por parte de una de las listas que aspiran a la directiva nacional, desde el grupo que encabeza Javiera Parada salieron a responder.

Según comentaron a los medios desde Unidas para Crear “el ambiente político en que estamos en RD es fértil para confusiones, ojalá los dirigentes no sigan extendiendo la tesis de la desconfianza que se inició este fin de semana. Es importante decir que tenemos un padrón de 43.000 militantes y en la última votación solo participaron 850 personas, por lo que necesitamos hacer esfuerzos masivos de comunicación, y eso es legítimo y 100% amparado por la ley”.

Durante la jornada se dio a conocer que dicho grupo habría realizado llamadas telefónicas a militantes de RD haciendo campaña por la lista de Parada.

Con esta acción se estaría incumpliendo la Ley de Protección de Datos Personales (Ley 19.628), que establece que el dueño de los datos debe expresar su consentimiento para la recolección, tratamiento y uso de dicha información.

Desde la candidatura de Parada aseguraron, además, que “los datos de militantes obedecen a la Ley Orgánica de Partidos Políticos, y no a la ley de privacidad de datos. Es decir, los militantes dan su consentimiento al momento de firmar”. Sin embargo, esta información es imprecisa.

El artículo 22 de la Ley Orgánica de Partidos Políticos sólo establece la necesidad de tener un registro de los militantes y sus inhabilidades, mientras que el procesamiento de sus datos se rige por la Ley de Datos Personales. Es decir, el partido puede procesar datos de sus militantes para fines internos, como el registro de constitución, pero eso no habilitaría a una lista a usar esos datos para campaña electoral.

Esta restricción se basaría en que el tratamiento de los datos podría beneficiarse en mayor medida a las listas oficialistas de cualquier elección, en desmedro de las competidoras.

En una nota publicada esta tarde por La Tercera, la secretaria general del partido, Paula Poblete, aseguró que el Consejo Contralor de RD no permitió el uso de los datos de los militantes para la campaña interna. “Es un tema que nos preocupa mucho. Para Revolución Democrática el resguardo de los datos personales de nuestros militantes es algo muy relevante y, por lo mismo, no hemos entregado teléfonos ni correos a ninguna lista competidora. Vamos a investigar para encontrar la trazabilidad de la base de datos”, dijo.

Desde RD aseguran que el Tribunal Supremo (organismo que administró las bases de datos hasta diciembre de 2018) recibió solicitudes para entregar las bases de datos y que éstas fueron entregadas. Sin embargo, desde que el Consejo Contralor comenzó a administrarlas posteriormente no se ha accedido a dichas peticiones.

Por esta razón, desde el partido aseguran que es posible averiguar desde qué fuente se puso a disposición de un sistema de llamadas telefónicas estos datos de los militantes. Asimismo, señalan que solicitaron explicaciones a la lista por esta acción y que están en conversaciones con abogados para definir el marco legal en que se utilizó esta información personal.

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