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11 de Febrero de 2019

Justicia condena al Senado por Ley Zamudio: telefonista acusó discriminación

Natalia Ravanales denunció hostigamiento por parte de sus compañeras. Ante esto, la dirección de la Cámara Alta le ordenó trabajar desde su hogar, lo que fue rechazado por la mujer.

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El Senado fue condenado por Ley Zamudio, luego que la telefonista Natalia Ravanales, quien se desempeña en la Cámara Alta, denunció discriminación durante su ejercicio laboral.

Ravanales, quien presenta discapacidad visual y una agudeza visual de 15%, acusó hostigamientos reiterados por parte de sus compañeras de trabajo, desde que llegó a la central telefónica del Senado en abril de 2015.

“El 13 de abril de 2015 comencé a trabajar… la recepción de mis pares fue hostil, básicamente, porque me señalaron que estaban preparadas para recibir a una persona completamente ciega”, declaró la mujer a La Segunda.

Ante los desencuentros, la telefonista se reunió con el jefe de personal del Senado, Carlos Becerra; la directora de Administración, Ximena Amigo; el jefe de Administración, Luis Carrillo, y el presidente de la Asociación de Funcionarios, Fernando Soffia.

En la oportunidad se le dijo que durante el periodo que se realizaba un sumario, debería trabajar desde su hogar, lo que fue rechazado por Ravanales, ya que seguiría siendo supervisada por sus acosadoras, no podría usar el programa especial con el cual realiza su trabajo, además de los beneficios de los funcionarios que están en el Congreso, como alimentación, vestuario, actividades y capacitaciones, por lo que decidió querellarse por Ley Zamudio.

Frente a esto, ya el 5° Juzgado Civil y la Corte de Apelaciones de Valparaíso fallaron en favor de la trabajadora. Así, el tribunal civil cuestionó el hecho de enviarla a trabajar a su casa durante la realización del sumario, “como si anticipadamente, y sin ser aún objeto de investigación, se le impusiera una sanción, por lo que se ha vulnerado su derecho a la integridad psíquica”.

Junto con ello, los altos funcionarios del Senado no actuaron como personas particulares, por lo que fue la Cámara Alta la condenada por Ley Zamudio a una multa a beneficio fiscal de 10 UTM (hoy 470.660 pesos), restituir a Natalia Ravanales en su trabajo y cancelar las costas del juicio, decisión que fue rechazada por el tribunal de alzada.

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