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20 de Marzo de 2019

Corte Suprema le dio la razón a administración de edificio que prohibió Airbnb

El máximo tribunal rechazó los recursos presentados por propietarios de la Comunidad Jardines de Fray de León, en Las Condes, quienes querían impedir las multas por el arriendo de sus departamentos a través de la aplicación.

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Un fallo de la Corte Suprema abrió el debate sobre el uso de Airbnb, la popular plataforma de ofrecimiento y búsqueda de alojamientos para turistas.

Es que durante esta semana la Tercera Sala del máximo tribunal  confirmó una sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, la que rechazo dos recursos de protección presentados por dos propietarios en contra de la administración del edificio Comunidad Jardines de Fray de León, en Las Condes.

Según Pulso, una circular del edificio prohibió el arriendo de las unidades habitacionales a través de Airbnb, amparado en el artículo 7° del Reglamento de Copropiedad de esa comunidad, que prohíbe “utilizar las unidades habitaciones como apart hotel o en la modalidad de arrendamiento por hora”.

La Suprema reconoció que no existe regulación sobre estas aplicaciones, pero puntualizó que el concepto apart hotel “es precisamente la definición que más se ajusta a la oferta de hospedaje estacional de la plataforma de Airbnb”. Por lo mismo decidió darle la razón a la administración del edificio y autorizarlo a cursar multas a quienes dispongan de sus departamentos para alojamiento.

La decisión de la justicia dejó varias dudas entre los expertos, ya que se pondría en cuestión el concepto de apart hotel, el que está establecido en un decreto del Ministerio de Economía. También se discutiría la posible tributación de la aplicación, la que sería incorporada en la reforma.

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