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12 de Junio de 2019

Corte de Apelaciones ordena al INE entregar bases de datos de encuesta

Con esta decisión, el tribunal dispuso que se cumpla la resolución del Consejo para la Transparencia que resolvió la entrega de dicha información pública.

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La Corte de Apelaciones de Santiago, en fallo unánime, rechazó el reclamo de ilegalidad presentado por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) respecto a la entrega de información solicitada por transparencia respecto a antecedentes de encuestas realizadas en diversas comunas.

El argumento del organismo para no acceder a la solicitud dictaminada por el Consejo para la Transparencia (CPLT) se centraba en que la entrega de las bases de datos afectaría el secreto estadístico sobre el cual se construyen estos informes al poder ser identificados los informantes de los datos.

En la sentencia del tribunal se establece que dicha vulneración “no resulta, en lo absoluto, demostrado por quien la invoca, toda vez que, no se divisa de qué forma informar acerca de la variable relativa a la región de la VII Encuesta de Presupuesto Familiar, puede constituir una vulneración del secreto estadístico”, según se lee en el fallo.

Refuerza el tribunal dicha afirmación asegurando que “los datos exigidos por la solicitante corresponden a una variable geográfica determinada como es la región que, ciertamente, no permite inferir los antecedentes personales de quienes aportaron los datos procesados por el INE en la referida encuesta por lo que no cabe sino desestimar dicha argumentación”.

Señala además que la decisión del CPLT incluía la necesidad de advertir a la solicitante de la información de que “la muestra no es representativa estadísticamente, prevención que permite disipar los temores de la recurrente en orden a que circule información que no reviste el carácter de oficial sin llegar al extremo de denegar absolutamente el acceso a la información solicitada”.

Esta solicitud de información enfrentó al INE con el CPLT también en el Tribunal Constitucional, en el que se presentaron los mismo argumentos respecto a la vulneración del secreto estadístico.

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