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19 de Julio de 2019

Presidente Piñera promulgó este viernes la llamada Ley “Antiportonazos”

El Mandatario aprovechó la instancia para solicitar la aprobación de la ley de Responsabilidad Penal Adolescente y el Control Preventivo de Identidad.

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Este viernes el Presidente Sebastián Piñera promulgó la Ley “Antiportonazos”, que modifica las penas que se aplican a los delitos de robos y receptación de vehículos motorizados, o los bienes que se encuentren al interior de estos.

La ceremonia se realizó en la comuna de Estación Central, en donde el Mandatario compartió con la familia de Fabián González, un joven que murió en enero pasado a los 22 años, tras ser víctima de un violento “portonazo” junto a su madre.

Piñera tras promulgar la normativa afirmó que “quiero pedir que el ejemplo de Fabián y la fuerza de Luis e Irma (padres) nos ayuden a sacar otras leyes que están todavía en el Parlamento como la ley de Responsabilidad Penal Adolescente, porque uno de cada tres portonazos son cometidos por menores de edad”, según consigna La Tercera.

En este mismo, sentido, también pidió que se apruebe el Control Preventivo de Identidad, para “evitar que sigan ocurriendo hechos tan dolorosos como la muerte de Fabián“.

El nuevo cuerpo legal tipifica como robo la apropiación material de un vehículo motorizado, no mediando violencia o intimidación, valiéndose de la sorpresa o distracción de la víctima o cuando se genere por parte del autor cualquier maniobra distractora con el objeto de que víctima abandone el vehículo.

La pena partirá desde los 3 años y un día hasta los 5 años de presidio. En caso de que cometa un “robo con violencia o intimidación”, se aplicará una sanción entre 5 años y un día, hasta los 20 años de cárcel.

Además, establece que en caso de que un niño o persona no pueda abandonar el vehículo durante el delito, la pena de privación de libertad estará entre los 10 años y 1 día y los 20 años.

La normativa determina que las aseguradoras de vehículos motorizados deberán entregar sin costo dispositivos GPS. La instalación y activación de estos aparatos será responsabilidad del propietario.

Por último, los nuevos vehículos vendidos deberán tener un dispositivo de protección contra la utilización no autorizada, conocidos como “corta corrientes”, u otros similares, según lo dispongan los Ministerios de Transportes e Interior.

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