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30 de Agosto de 2019

Justicia condena a Telefónica a pagar $6,4 millones de dólares por conductas anticompetitivas

El abogado de OPS, José Miguel Gana, dejó en claro que "es la indemnización más alta establecida por la Corte Suprema por concepto de perjuicios causados por ilícitos en contra de la libre competencia".

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Telefónica
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La Corte Suprema condenó a la trasnacional española Telefónica a pagar 6,4 millones de dólares por conductas anticompetitivas en contra de la empresa de telecomunicaciones chilena OPS Ingeniería Limitada.

Esto, luego que la compañía nacional demandara en 2007 a Telefónica ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), por subir en un 86% la tarifa de minutos que le compraba para ofrecer telefonía a sus clientes.

OPS dejó en claro, según radio Cooperativa, este incremento de valores solo le fue aplicado a ellos, un competidor directo de la trasnacional española.

Frente a esto, el máximo tribunal acogió parte de los alegatos de la empresa ibérica y redujo el monto de indemnización, que en un primer momento había sido establecido en 14 millones de dólares, por parte de la Corte de Apelaciones.

La Corte Suprema detalló que “la sentencia (anterior) nada dice de cómo y por qué la demandada debe responder del 100 por ciento de los minutos que supuestamente dejó de vender OPS Ingeniería Limitada durante los años 2007 a 2010”.

“Telefónica Móviles Chile S.A. sólo era proveedor del 42% de los minutos. Por lo tanto, el monto de la indemnización de perjuicios por el lucro cesante debió haber sido calculada en dicha relación, ya que, de lo contrario, se estarían incluyendo minutos que no dependen de la demanda”, agregó el fallo.

Ante esto, el abogado de OPS, José Miguel Gana, dejó en claro que “es la indemnización más alta establecida por la Corte Suprema por concepto de perjuicios causados por ilícitos en contra de la libre competencia”.

“Sin embargo, los perjuicios que debe indemnizar son sustancialmente inferiores a los beneficios que obtuvo Telefónica por el desarrollo de una conducta anticompetitiva y exclusoria”, precisó.

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