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15 de Noviembre de 2019

Fechas, plazos y requisitos: guía para entender el acuerdo para la nueva Constitución

Luego de 15 horas de negociación, Chile Vamos y la oposción (menos el PC), entregaron el documento de acuerdo para una nueva Constitución.

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nueva constitución
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Chile Vamos y la oposición, excluyendo al Partido Comunista, lograron un acuerdo histórico para que la ciudadanía defina la posibilidad de redactar una nueva Constitución.

Luego de 15 horas de negociación, los presidentes de partidos emitieron un documento de acuerdo en donde expusieron los lineamientos del proceso constituyente.

Fechas

El plebiscito “de entrada” para definir si la ciudadanía quiere o no una nueva Constitución y el mecanismo a utilizarse se realizará en abril de 2020. Esto deja cuatro posibilidades si es que se efectúa un día domingo, como es habitual en Chile: los días 5, 12, 19 ó 26 de abril.

En tanto, si gana en las urnas la opción de crear una nueva Constitución, la elección de los miembros del equipo que creará el texto se realizará junto con las elecciones municipales y de gobernadores regionales, es decir, el 25 de octubre de 2020.

Asimismo, luego de que termine el proceso, habrá un nuevo plebiscito, esta vez para ratificar la nueva Constitución, el que se realizaría en 2021.

La pregunta

El plebiscito de abril tendrá dos preguntas. La primera referente al proceso constituyente y la segunda sobre el mecanismo. La primera pregunta será “¿quiere usted una nueva Constitución?“, con las opciones “apruebo” y “rechazo”.

De optar por “apruebo”, se deberá responder la segunda pregunta, la que se refiere a cómo se confeccionará la nueva Constitución.

Esa pregunta será: “¿qué tipo de órgano debiera redactar la nueva Constitución?“, con las opciones “Convención Mixta Constitucional” o “Convención Constitucional”.

¿Convención o Convención Mixta?

La diferencia entre Convención Constitucional y Convención Mixta Constitucional responde a la composición del grupo.

En la Convención Mixta Constitucional, ésta se integra por miembros electos por la ciudadanía y parlamentarios en partes iguales (50% y 50%)

La Convención Constitucional en cambio, sus integrantes serán electos íntegramente para estos efectos por la ciudadanía (100%). En otras palabras, es otro nombre de la Asamblea Constituyente.

La elección de los miembros de ambas instancias se realizará en octubre de 2020.

La Convención

El acuerdo establece que aquellas personas que actualmente ocupan cargos públicos y de elección popular, cesarán en su cargo al momento de ser aceptada su candidatura al órgano constituyente. Esto implica que, en caso de que integrantes de la Cámara de Diputados o el Senado quieran postular para sumarse a esta instancia, deberán dejar sus puestos en el Congreso. 

En tanto, los miembros que sean elegidos por votación popular para cualquiera de las dos convenciones tendrán una inhabilidad sobreviniente para ser candidatos a cargo de elección popular por un año desde que cesen en sus mandatos.

Por su parte, los partidos que suscribieron el acuerdo designarán una comisión técnica para dar sustento a las decisiones que se tomen respecto al proceso constituyente. La designación de los miembros será paritaria entre oposición y oficialismo.

Plazos

El plazo de funcionamiento del órgano constituyente será de hasta 9 meses, prorrogable por una vez por tres meses.

60 días posteriores a la elaboración del nuevo texto constitucional, se realizara un referéndum ratificatorio con sufragio universal obligatorio. En ningún caso éste podrá realizarse 60 días antes ni después de una elección programada.

Quórums y regulación

Uno de los puntos que trabó por momentos la discusión del acuerdo entre los parlamentarios fue el punto de los quórums para aprobar las nuevas normas constitucionales, quedando en 2/3 de sus miembros. Esto quiere decir que se necesitará un 66,6% de los votos de la convención para que una norma sea aprobada.

Asimismo, la nueva Constitución regirá en el momento de su promulgación y publicación, derogándose la Constitución actual, que data de 1980, promulgada por Augusto Pinochet.

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