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6 de Diciembre de 2019

Juzgado civil condena a Carabineros por disparar balines y provocar estallido ocular en 2013

Según el fallo la policía atacó a los manifestantes que circulaban de manera pacífica por los alrededores de la Estación Mapocho. El incidente se registró durante una marcha estudiantil.

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Condenan a Carabineros
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Un total de $63 millones deberá pagar el Fisco luego que el Décimo Noveno Juzgado Civil de Santiago falló a favor de un hombre que perdió su globo ocular tras recibir un balín de pintura disparado por fuerzas especiales de Carabineros en 2013.

El incidente ocurrió en abril de ese año tras una marcha estudiantil que se desarrollaba en el centro de Santiago. En ese contexto, el ingeniero Enrique Eichin (58) recibió el impacto mientras paseaba junto a su pareja e hija.

Tal como confirmó el fallo (causa rol 4.990-2017), la magistrada Jacqueline Benquis estableció que el actuar de la policía fue “negligente”, pues dispararon sin provocación los balines de pinturas para disolver una manifestación en las cercanías de la Estación Mapocho.

“A una distancia entre unos 90 a 100 metros de dicho punto, comienzan a acercarse a los manifestantes un grupo o piquete de Carabineros portando armas a balines en dirección al sector donde se encontraba el actor atendido a algunas personas trataron de traspasar las barreras de contención, comenzando a disparar sus pistolas de paint ball en contra de los manifestantes, dirigiéndose uno de estos balines en el ojo derecho del actor”, se detalló.

Testigos que condenan a Carabineros

Dentro del mismo informe también se presentaron los testimonios de tres testigos: German Grunert, Fernando Pacheco y Mirko Yáñez, quienes fueron a la manifestación y aseguraron que el incidente ocurrió en circunstancias que la movilización era pacífica. “Carabineros disparaba de forma espontánea y a personas que se encontraban sólo marchando”, aseguraron.

El falló determinó que “el Estado causó un daño interviniendo un funcionario de Carabineros de Chile, y debe responder por falta de servicio por aplicación del artículo 2314 del Código Civil”.

Por ello, también se estableció que el nexo causal entre los hechos y el perjuicio sufrido, “no es sino el reflejo de una negligencia por parte de la institución en cuanto a una medida de resguardo y orden público, se hirió a una persona que se encontraba de asistente pacifico a la marcha congregada por lo que la causalidad entre los hechos acontecidos”.

El afectado recibirá la suma de $50 millones por concepto de daño moral, otros $10 millones por lucro cesante y $3 millones por daño emergente.

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