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15 de Enero de 2020

¿Cómo funciona el derecho a reunión en otros países?

Mientras en Venezuela es necesario pedir una autorización con al menos 24 horas de anticipación, en Estados Unidos se prohíbe manifestarse cerca de edificios y terrenos federales.

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derecho a reunión
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Por la prensa, así informó el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Hernán Larraín, la propuesta más reciente del Gobierno para restablecer el orden público. Se trata de un proyecto de ley -ingresará al Congreso durante el primer semestre de este año- que busca regular el derecho a reunión y que establece nuevas reglas a manifestaciones como las que se producen en Plaza Italia desde el 18 de octubre del 2019.

Si bien parece un problema exclusivo de nuestro país, el académico de la Escuela de Gobierno y Comunicaciones de la Universidad Central y cientista político Nicolás Freire, aseguró a EL DÍNAMO que “hoy varios gobiernos occidentales que las movilizaciones sociales pusieron en tela de juicio, están debatiendo el tema”.

Según el especialista, tiene que haber “un punto de equilibrio”, el cual se encuentra en “permitir la reunión como ejercicio de protesta haciendo que pueda convivir con las ciudades, de forma independiente. Es decir, que afecte lo menos posible el desarrollo de la vida cotidiana”.

“Por ejemplo, si pensamos en Plaza Italia y cómo se concentran las manifestaciones en este sector, una salida es favorecer -sin limitar- que las manifestaciones se canalicen a otros espacios donde sigan siendo tan efectivas y simbólicas como en Plaza Italia”, complementó Freire.

Eso sí, advirtió que “cuando tu pones limitaciones al derecho de reunión, entendiendo el contexto chileno, se traduce en limitar el derecho de protesta”.

Así funciona el derecho a reunión en otros países de la región

Sobre los debates en torno al derecho de reunión en el mundo, en Venezuela, por ejemplo, la Constitución de la República Bolivariana establece que todos los venezolanos pueden reunirse en los espacios públicos del territorio nacional, mientras se haga de forma pacífica y sin alterar la seguridad ciudadana.

Pese a ello, una modificación realizada por la Asamblea Nacional en diciembre del 2010 a la Ley de Partidos Políticos, estableció que pueden haber ciertas “limitaciones” las cuales no son especificadas.

Además, dichas reuniones deben ser notificadas a las autoridades de la jurisdicción civil con al menos 24 horas de anticipación. De hecho, según el Articulo N° 43, “los organizadores de reuniones públicas o manifestaciones tienen que entregar su solicitud por escritos duplicados, en horas hábiles”.

En Perú, en tanto, el Artículo N° 2 de la Constitución peruana respeta el derecho a la libre reunión, la cual debe ser “pacífica” y “sin armas”. Además, “las reuniones que se realicen en lugares públicos o privados no requieren contar de aviso previo”.

Ahora bien, si aquellas se realizan en calles y plazas, “se debe dar aviso a la autoridad respectiva”. El derecho a reunión podría suprimirse sólo si es que hay fundamentos para pensar que está en riesgo la seguridad o sanidad pública.

¿Qué ocurre en el resto del mundo?

El derecho a reunión también ha sido discutido en Europa con distintos resultados. En Francia, por ejemplo, en el Artículo N° 4 de su Carta Magna se garantizan las expresiones pluralistas de opiniones.

Sin embargo, en 2019 el Parlamento francés aprobó un proyecto de ley para impedir la participación de personas que “representen una amenaza grave para el orden público” en las manifestaciones. Además si se alcanza un nivel de violencia elevado, puede haber dispersión por parte de la policía. El desacato a esta norma implica hasta un año de prisión o el pago de 15 mil euros ($13 millones).

Similar a lo que ocurre en Estados Unidos, donde de acuerdo a la Primera Enmienda de ese país, “se protege el derecho a reunión”. De igual forma, si son convocatorias masivas se deben autorizar a la autoridad correspondiente, se podría rechazar la propuesta en caso que “se ponga en riesgo la vida de los demás”.

El ex Presidente Barack Obama promulgó en 2012 una ley para prohibir cualquier tipo de manifestación social en lugares cercanos a los edificios y terrenos federales.

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