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21 de Febrero de 2020

Revocan prisión de imputado por manejar drogado y provocar la muerte de su hijo

"En este caso no hay necesidad de cautela, y creemos que es innecesario mantener la prisión preventiva de una persona cuando no concurren ninguno de los requisitos de la letra C del artículo 140 del Código Procesal Penal", razona el fallo.

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La Corte de Antofagasta acogió el recurso de apelación presentado por la defensa de Carlos Yanine Gregorio, imputado por el Ministerio Público como autor del delito de manejo bajo la influencia de drogas o sicotrópicos con resultado de muerte, y dejó sin efecto la medida cautelar de prisión preventiva.

En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Óscar Clavería Guzmán, Juan Opazo Lagos y el abogado (i) Alexis Mondaca Miranda– acogió la apelación y ordenó al Juzgado de Garantía de Mejillones fijar audiencia para discutir, si procede, alguna cautelar menos gravosa.

“La constitución política es la que establece que la libertad del imputado procede siempre, salvo que sea necesario para la investigación o para la seguridad del ofendido o la sociedad. En este caso no hay necesidad de cautela, y creemos que es innecesario mantener la prisión preventiva de una persona cuando no concurren ninguno de los requisitos de la letra C del artículo 140 del Código Procesal Penal”, razona el fallo.

Según el ente persecutor, en horas de la tarde del domingo 16 de febrero de 2020, el imputado conducía bajo los efectos de drogas un Buggy por el sector de dunas en la playa Las Lagartijas, comuna de Mejillones. Vehículo en el que viajaban junto a Yanine Gregorio su cónyuge e hijo de 4 años, el que falleció producto del volcamiento.

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