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17 de Marzo de 2020

Presidente de CPC: “El mercado negro es fruto de fijaciones de precios”

Por su parte, el ministro Jaime Mañalich declaró que "no se ha tomado una decisión al respecto si es prudente ya pasar a algún sistema de fijación de precios".

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Juan Sutil, presidente de la Confederación de la Producción y Comercio (CPC), descartó que la política de fijación de precios para enfrentar crisis como la pandemia del coronavirus, ya que incentiva el acaparamiento y el mercado negro.

Y es que el líder de los empresarios destacó en radio Cooperativa la decisión del Gobierno de no fijar el valor, por ahora, de útiles de aseo o mascarillas, ya que “incentiva a las personas a acaparar, a actuar y es más peligroso. El mercado negro es, muchas veces, fruto de fijaciones de precios”.

Por su parte, el ministro Jaime Mañalich declaró que “no se ha tomado una decisión al respecto si es prudente ya pasar a algún sistema de fijación de precios, márgenes, algunas cadenas farmacéuticas lo están pidiendo, pero no es una decisión que se haya tomado todavía”.

En tanto, la Comisión de Salud del Senado aprobó, por cuatro votos a favor y una abstención, el proyecto de ley que fija en un 10% el máximo de rentabilidad que se puede obtener por estos productos y otras prestaciones relacionadas con la pandemia del COVID-19.

Los senadores Carolina Goic –presidenta de la instancia-, Rabindranath Quinteros, Guido Girardi y Francisco Chahuán, estuvieron a favor de aprobar la iniciativa.

“No puede querer obtener un lucro abusivo con una pandemia”, afirmó Girardi y Chahuán agregó que “lo que hoy puede parecer sobrerreacción, mañana tendrá plena justificación”.

Mientras que Jaqueline Van Rysselberghe se abstuvo argumentando que “el remedio puede ser peor que la enfermedad. No creo en la fijación de precios” y puso en duda “su admisibilidad”.

Ahora pasa a la Sala del Senado el proyecto de ley que establece que ante una pandemia o una situación crítica del país -que puede provocar una crisis social como vive China, Italia, España, Francia- los prestadores de salud no podrán cobrar más de un 10% por sobre el precio de lista -una utilidad significativa en muchos negocios- para las prestaciones establecidos en el arancel Fonasa.

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