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22 de Junio de 2020

Essal pidió la inhabilidad del superintendente subrogante de servicios sanitarios en los dos procesos que abrió en su contra tras incidentes en Osorno

Según la empresa sanitaria, Jorge Rivas incumpliría los principios de probidad, imparcialidad y abstención por juicios de valor emitidos durante el episodio de julio de 2019.

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venta de Essal
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Essal, empresa sanitaria de la Región de Los Lagos, pidió durante este lunes la inhabilidad del superintendente subrogante de servicios sanitarios, Jorge Rivas, en relación a los dos procedimientos administrativos abiertos contra la compañía por el incidente de julio de 2019, el cual dejó sin suministro de agua potable a la ciudad de Osorno durante 10 días.

La administración de la empresa sostiene que el superintendente (s) incumpliría “los principios de probidad, imparcialidad y abstención que las normas legislativas de Chile establecen para un funcionario público en los dos procesos abiertos contra Essal, el sancionatorio y el de caducidad de las concesiones de producción de agua potable en la ciudad de Osorno”.

En los escritos presentados ante la Superintendencia de Servicios Sanitarios, Essal incluyó declaraciones del superintendente, ya que, según ésta, desde el primer día del incidente, Rivas emitió juicios de valor que pondrían en duda los principios de imparcialidad y abstención.

Específicamente, el escrito de los abogados de la sanitaria se refiere a la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, la cual prohíbe a los funcionarios participar en decisiones en las que exista cualquier circunstancia o motivo que les reste el principio debido de imparcialidad.

A modo de ejemplo, algunas de las frases cuestionadas por Essal y emitidas por el superintendentes (s) son: “La Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) impondrá la máxima sanción que permita la ley debido a la inoperancia de la sanitaria ESSAL” (13 de julio de 2019), y “respecto a la sanción, nosotros hemos dicho que cada incumplimiento tiene diferentes niveles y efectivamente esto es una falta gravísima, y en nuestra legislación tiene un monto límite que son 600 millones que se han hablado” (16 de julio de 2019).

Para Essal, estas declaraciones “constituyen de manera evidente y, sin lugar a duda, un pronunciamiento previo respecto a la calificación de los hechos por parte de la misma autoridad quien, solo una vez finalizado el procedimiento administrativo” podría sancionar a Essal. Por tanto, en el escrito se señala que ambos procedimientos “adolecen de un vicio de nulidad” y por ello se solicita la inhabilidad de Jorge Rivas para dictar una resolución.

Además, la compañía sanitaria se hizo presente en el escrito presentado por el grupo Suez ante la Superintendencia de Servicios Sanitarios y en el que se solicitó la inmediata suspensión del procedimiento de caducidad contra la compañía.

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