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24 de Agosto de 2020

Plebiscito: Constitución aprueba proyecto que regula financiamiento

La iniciativa podría ser despachada a las manos del Ejecutivo mañana, si es que la Cámara de Diputados le entrega su respaldo cuando se vote en sala.

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Durante esta mañana el proyecto de ley que regula el financiamiento de las campañas electorales de cara al plebiscito del 25 de octubre dio un nuevo paso, luego de haber sido aprobado en general y particular por la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputado. De tal forma, la iniciativa ahora sólo deberá ser votada en sala este martes.

En su debate en particular, se aprobaron dos indicaciones: la primera, de los diputados Gabriel Boric (PCS) y René Saffirio (IND), para aumentar a 500 UF los aportes a las organizaciones de la sociedad civil.

El límite total de los aportes individuales que realicen personas naturales a organizaciones de la sociedad civil será el mismo que para los partidos políticos -ambos de 500 UF y-. Para el caso de los parlamentarios independientes, dicho límite será de 60 UF.

A rasgos generales el proyecto también prohíbe los aportes de campaña provenientes de personas naturales o jurídicas extranjeras, con excepción de los efectuados por extranjeros habilitados legalmente para ejercer el derecho a sufragio en Chile. Asimismo, se prohíben los aportes de campaña provenientes de cualquier persona jurídica constituida en Chile, a excepción de los partidos políticos.

Restricciones a las campañas

Otro tema que se zanjó en la Comisión de Constitución fue qué pasará con las campañas que se realicen a través de las redes sociales y plataformas digitales.

Se aprobó la indicación presentada por el diputado Gonzalo Fuenzalida (RN), donde se estipuló que el Servel deberá ser informado de “los contratos que celebren los partidos políticos, parlamentarios independientes o las organizaciones de la sociedad civil para la utilización de plataformas digitales“.

Quedó establecido en la iniciativa que “no se entenderá como propaganda electoral la difusión de ideas efectuada por cualquier medio, incluidos los digitales, o comunicaciones a través de páginas web, redes sociales, telefonía y correos electrónicos, realizadas por personas naturales en ejercicio de la libertad de expresión”.

Respecto a qué pasará con las radioemisoras y empresas de prensa escrita, se estableció que deberán informar al Servel sobre la identidad y los montos involucrados de todo aquel que contrate propaganda electoral con dichos medios. Si no se hace como exige la legislación el director del medio responsable, y el medio mismo, podría ser sancionado con una multa que va entre 10 a 200 Unidades Tributarias Mensuales.

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