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29 de Octubre de 2020

Corte Suprema autoriza incautación de correos del Minsal

El tribunal declaró improcedente la solicitud del ministerio encabezado por Enrique Paris, por lo que se deberán entregar los correos tal cual como lo indicó el Séptimo Juzgado de Santiago.

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Corte Suprema Minsal
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La Corte Suprema declaró improcedente la solicitud del Ministerio de Salud (Minsal) para dejar sin efecto la forma en que el 7º Juzgado de Garantía de Santiago estableció que se debían entregar los correos electrónicos a la fiscalía.

“A lo solicitado en lo principal del escrito folio N° 170321-2020: Habiéndose pronunciado esta Corte sobre la controversia prevista en el artículo 209 del Código Procesal Penal, no ha lugar por improcedente. A la orden de no innovar solicitada en el primer otrosí, estese al mérito de lo resuelto“, indica la resolución.

En concreto, la cartera de Salud deberá facilitar al Ministerio Público los correos electrónicos en un formato con dos copias, una que sería conservada por el ente persecutor “en calidad de comunicaciones retenidas (…) como ‘copia testigo’”, mientras que la otra quedará a disposición del Minsal.

El 19 de octubre pasado, el ministro de Salud, Enrique Paris detalló la solicitud que le hizo a la corte, con el fin de que se “clarifique o especifique con la máxima claridad posible las preguntas o los correos electrónicos que debo entregar, porque en el fondo se llegó a pedir en forma masiva lo mismo que la Corte Suprema dijo que no, que tenía que ser muy específicamente aclarada las preguntas o los correos que hay que entregar”.

“Como eso no llegó así, nosotros solicitamos que se aclaren cuáles son los correos que realmente tenemos que entregar y obviamente que así lo haremos”, agregó Paris en aquella oportunidad.

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