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10 de Septiembre de 2014

Gerardo Godoy, el nuevo inquilino de Punta Peuco, suma nueva condena por asesinato a mirista

Un fallo de la Corte de Apelaciones determinó las pena de tres años por asociaron ilícita por la muerte del Luis Arias Pino, militante del MIR.

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El martes 2 de septiembre Gerardo Godoy, nuevo inquilino de Punta Peuco, junto a la cúpula de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), fueron sentenciados a 3 años de prisión por asociación ilícita por la muerte de Luis Arias Pino, un tornero mecánico y militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), asesinado el 19 de febrero de 1975.

Gerardo Godoy García fue subteniente de Carabineros y en 1974 estuvo a cargo del grupo operativo Tucán. Desde el cuartel Yucatan (como le llamaban las agentes DINA a Londres 38), servía de apoyo a las funciones de los grupos Halcón 1, a cargo de Ricardo Lawrence Mires, y del grupo Aguila, que comandaba Miguel Krassnoff. En su equipo participaban los agentes Basclay Zapata, (“Troglo”), Osvaldo Romo (“Guatón Romo”) y Marcia Merino Vega (Flaca Alejandra), entre otros.

Godoy, además de dirigir las detenciones, participaba de las sesiones de tortura a las que eran sometidas las víctimas, como ocurrió con el caso de Muriel Dockendorff.

Anteriormente, por este último caso, Manuel Contreras ya había sido condenado a 15 años de cárcel como autor de homicidio, y ahora suma otros 3 años por asociación ilícita. Por los mismos delitos fueron sancionados el ex brigadier Miguel Krassnoff, el ex coronel Marcelo Moren Brito y el mismo Godoy, quien ya había ingresado al penal Punta Peuco con una pena efectiva de seis años por el caso Dockendorff.

Loreto Meza, abogada del Programa de Derechos Humanos del Ministerio del Interior, explicó a El Dínamo que con este fallo la Corte Suprema confirma la sentencia en primera instancia del ministro Mario Carroza.

“Él (Arias) fue una víctima calificada, pero la Comisión Rettig los catalogó entre comillas como enfrentamiento. Lo relevante de este caso es que comenzó a develarse cuando surgieron declaraciones a partir de otros expedientes: una agente que declara que en este incidente recibío un disparo en uno de sus brazos y no sabemos la procedencia de la bala, que pudo haber sido de los otros agentes”, explica Meza.

En este sentido, agrega que “ella (la agente) menciona a un tal ‘Cachencho’ y esa era la chapa de Luis Arias Pino. A partir de esas revelaciones, es que surge la investigación de otros agentes que participaron y también recogieron algunos hechos con los que se fue armando este caso, lo que claramente fue una ejecución por parte de la DINA”, comentó la abogada.

Luis Arias, militante del MIR.

Luis Arias, militante del MIR.

El caso del tornero del MIR

El asesinato de Luis Arias se produjo el 19 de febrero de 1975, luego que allanaran su domicilio en comuna de La Reina. Fue perseguido por los agentes de la DINA y alcanzado por las balas. Posterioemente fue trasladado a Villa Grimaldi donde murió, producto de las heridas.

La Comisión Rettig consideró en su momento que la muerte de Arias no fue una violación a sus derechos humanos, por haberse producido previo a un enfrentamiento entre él y los agentes de la dictadura.

Sin embargo, el actual fallo del tribunal deja de manifiesto que su muerte no fue producto del enfrentamiento, sino un homicidio. “Este fallo es relevante, desde el caso Prats ( Carlos) no se veía un fallo por Asociación ilícita, como finalmente lo demostró este caso, con el asesianto de Arias”, conluyó Loreto Meza.

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