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9 de Marzo de 2018

Justicia ordena retomar búsqueda de mineros atrapados en Aysén

La sentencia señala que la posibilidad de que los trabajadores pudiesen ser rescatados con vida o, al menos, sus restos hallados justificaba mantener las labores de búsqueda hasta agotar todos los medios disponibles.

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Los familiares de Jorge Sánchez Martínez y Enrique Ojeda González, los dos mineros atrapados en el yacimiento Delia II, en Chile Chico (Aysén), interpusieron un recurso de protección para continuar con las labores de búsqueda de los dos trabajadores, las que fueron suspendidas en julio del año pasado, después de un mes.

En fallo unánime, la Tercera Sala de la Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones que había rechazado el recurso. En la sentencia se establece el actuar arbitrario e ilegal de la empresa minera Cerro Bayo y el Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin), al no agotar todos los medios de búsqueda de los trabajadores o de sus cuerpos, y los obliga a retomar dichas labores.

En el fallo se lee que la Compañía Minera Cerro Bayo “no ha desplegado todos los recursos necesarios para poder rescatar a los dos mineros atrapados a pesar de estar obligada a ello” por el Código del Trabajo, señalando que las 20 perforaciones realizadas en el marco de las labores de búsqueda son insuficientes atendida la extensión de la explotación minera inundada.

Respecto al Sernageomin, el recurso de protección le reprochan “haber puesto fin a la búsqueda de los mineros atrapados a pesar de tener por función controlar y fiscalizar el cumplimiento de la normativa sobre seguridad en las instalaciones mineras a fin de proteger la vida e integridad física de las personas”.

Mientras que en relación a la Intendenta de la XI Región Karina Acevedo, señala que en reuniones realizadas el 10 y 11 de julio de 2017, les comunicó la no continuación de la búsqueda de los mineros atrapados, a pesar de haber sido designada por el Ministerio del Interior y Seguridad Pública como autoridad a cargo de la emergencia y coordinadora de la ejecución de las acciones.

“La decisión de abandonar la búsqueda de los mineros es arbitraria e ilegal porque no existe certeza de la muerte de los dos trabajadores actualmente extraviados ni tampoco se ha constatado por las vías legales idóneas su muerte, circunstancias en las cuales las autoridades recurridas carecen de facultades para terminar su búsqueda”, se lee en el recurso.

La decisión del máximo tribunal acoge estos argumentos y señala que la decisión de no continuar la búsqueda de los mineros, basada en las conclusiones del Sernageomin, y que a dicha época no existía certeza acerca de la muerte natural o presunta de los mineros, este acto decisorio aparece arbitrario o desprovisto de razonabilidad“.

Agrega que la posibilidad de que los trabajadores pudiesen ser rescatados con vida o, al menos, sus restos hallados justificaba mantener las labores de búsqueda hasta agotar todos los medios disponibles.

Los tres recurrido deberán, por tanto, “continuar con las labores de búsqueda de Jorge Sánchez Martínez y Enrique Ojeda González hasta agotar los medios disponibles”.

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