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24 de Noviembre de 2017

Fisco es condenado a indemnizar con $70 millones a ex operario de ENAP torturado en Magallanes

Fue torturado en el Regimiento Pudeto, el centro de detención ilegal conocido como “Palacio de las Sonrisas”, en Isla Dawson y en el Destacamento de Infantería de Marina N°4 Cochrane de Punta Arenas.

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El Noveno Juzgado Civil de Santiago condenó al Estado a pagar una indemnización de $70.000.000 a un ex operario de la empresa ENAP, planta Magallanes, quien fue torturado en el Regimiento Pudeto, el centro de detención ilegal llamado “Palacio de las Sonrisas”, en Isla Dawson y en el Destacamento de Infantería de Marina N°4 Cochrane de Punta Arenas.

En el fallo, la magistrada Lidia Poza acogió la demanda presentada por Hernán Arturo Díaz Jiménez, quien fue detenido tras el 11 de septiembre de 1973 y llevado a diversos centros de detención y tortura.

Al momento del golpe de Estado, Díaz Jiménez era operario de producción de la planta de ENAP en Magallanes, en donde llevaba 8 años trabajando.

Al salir el 11 de septiembre de su turno, Díaz, quien además era militante comunista, fue interceptado por un vehículo militar, fue golpeado, amarrado y llevado a su casa, la que había sido registrada completamente, manteniéndolo arrestado en su casa un día. Luego, fue trasladado hasta un centro de tortura del Ejército, conocido hoy como Casa del Cerro Sombrero.

Allí fue interrogado sobre supuestos compañeros y planes terroristas, sometido a golpizas y luego trasladado al Regimiento N°10 Pudeto en Punta Arenas. Luego, fue llevado al centro de tortura “Palacio de las Sonrisas”, y finalmente, trasladado a Isla Dawson. Producto de las torturas recibidas en este lugar, Díaz presentó durante años fuertes jaquecas y pérdidas de memoria, las que actualmente derivaron en Alzheimer.

“Se tendrá por establecido que don Hernán Arturo Díaz Jiménez fue detenido ilegalmente por agentes estatales en 1973, en la ciudad de Punta Arenas en donde residía y trabaja, sometido a crueles torturas físicas y psicológicas durante un mes, las que le causaron gran daño, con secuelas en su desarrollo personal, emocional y laboral, lo que ha sido reconocido por el propio Estado como violaciones a los derechos humanos, circunstancias por las cuales se le ha dado el carácter de víctima, como se desprende del documento acompañado a fojas 198, en el cual aparece como beneficiario de pensión o contributiva como exonerado político”, sostiene el fallo.

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