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27 de Noviembre de 2020

¿Ley de Glaciares o ley de Moraga?

Ni siquiera en Canadá, Estados Unidos y Europa, que son los países más desarrollados y ambientalmente conscientes del mundo, existe una ley especial. En todos ellos, al igual que en Chile, se aplica la normativa ambiental general.

Por Francisco Orrego
Foto Agencia Uno.
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Francisco Orrego

Francisco Orrego es Consultor y director de empresas.

El proyecto de ley sobre Glaciares avanza controversialmente en el Congreso, ante la mirada atónita e inquieta del Ejecutivo y del sector minero. Se trata, sin duda, de un proyecto polémico, injustificado e inconstitucional, cuyos efectos en la actividad minera y en el desarrollo del país pueden ser altamente gravosos. Es un buen ejemplo de cómo se aplican en Chile medidas legislativas adoptadas en otras jurisdicciones no mineras, sin considerar la realidad nacional.

El origen, objetivo e inspiración de este proyecto no es sorprendente. Se trata de una moción de los senadores de izquierda Girardi, Allende y Órdenes, que busca prohibir toda actividad económica en los glaciares. Establece que los glaciares son bienes nacionales de uso público, inapropiables y excluidos del uso o aprovechamiento industrial. Sanciona la afección dolosa o culpable de glaciares con penas y multas. El proyecto, además, establece dos normas transitorias que afectan retroactivamente las actividades que ya están operando cerca de glaciares.

Aunque Chile tiene las mayores reservas de cobre del mundo (20,5%) y es el principal productor de este mineral (28%), ello nunca ha sido una excusa para que el sector minero, público y privado, eluda su compromiso con el medio ambiente y la sustentabilidad. Por otra parte, nuestro país se encuentra entre los diez principales lugares del mundo, junto a Estados Unidos, Canadá, China, Rusia, entre otros, con presencia de masa glacial, la que, en nuestro caso, se encuentra mayormente protegida a través de reservas o parques nacionales y adecuadamente sometida a una robusta institucionalidad medioambiental.

​Si usted cree que los senadores de izquierda inventaron la rueda con este proyecto, se equivoca profundamente. Lo que hicieron fue un “copy” y “paste” de la ley argentina, que es el único país del mundo (otro récord a su haber) que tiene una ley de protección de glaciares. Ni siquiera en Canadá, Estados Unidos y Europa, que son los países más desarrollados y ambientalmente conscientes del mundo, existe una ley especial. En todos ellos, al igual que en Chile, se aplica la normativa ambiental general.

Más allá de los problemas conceptuales y legales que afectan al proyecto, y de la contundente evidencia y sustento técnico y científico que los respaldan, de por sí suficientes para rechazar el proyecto en su estado actual, lo más grave es la inspiración conservacionista de sus autores. En lugar de buscar un enfoque de desarrollo sustentable, que permita armonizar todos los intereses involucrados, el proyecto establece una prohibición absoluta y ex ante para desarrollar toda clase de proyectos y actividades de inversión -no solo mineros- en los glaciares y sus zonas aledañas.

Estas disposiciones son cuestionables desde el punto de vista constitucional, no sólo por su efecto retroactivo, afectando proyectos en ejecución, sino y por, sobre todo, prohibir una actividad económica más allá o fuera de los casos previstos en el artículo 19 N° 21 de la Constitución. Las actividades económicas pueden regularse por ley, cuando ello sea necesario, pero nunca prohibirse, salvo que fueran contrarias a la moral, al orden público o a la seguridad nacional, que no es el caso de las actividades relativas a los glaciares.

Lo anterior, sin duda, tiene un fuerte impacto en la industria de la minería, según cálculos realizados por Cochilco. El proyecto, en su actual redacción, afectaría a cuatro faenas de la gran minería y seis proyectos de expansión de las mismas, en las regiones de O’ Higgins (37%), Valparaíso (31%), Metropolitana (20%) y Coquimbo (12%), junto con una menor inversión de US$15.000 millones y la destrucción de más de 35.000 empleos (17%). Este impacto económico podría profundizarse aún más, si prosperan algunas de las últimas indicaciones de los senadores, lo que no parece preocupar a los legisladores.

Cuesta entender la obsesión temeraria de sus autores por imponer una ley de protección de glaciares, que jamás desafiará o doblegará a las leyes de la naturaleza, en especial del cambio climático. El fenómeno del derretimiento de los glaciares es incuestionable, pero convénganos en algo de sentido común: nunca será atenuado ni menos revertido por medio de una ley. Como “el fin justifica los medios” para sus autores, la moción parlamentaria tiene un alto riesgo de transformarse en la Ley de Moraga: “el que caga, caga”, sin medir seria y responsablemente las consecuencias. En este caso, Moraga es el sector minero.

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