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14 de Octubre de 2016

Colusión en el asfalto: Corte Suprema ratifica sanciones contra cuatro empresas hasta por 236 millones

Un voto en contra lo presentó el ministro Aránguiz, quien planteó que se debían mantener las sanciones que inicialmente planteó el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, y la opinión contraria del Ministro Valderrama, el que estuvo por acoger las reclamaciones y anular la sanción.

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El máximo tribunal del país acogió el requerimiento de la Fiscalía Nacional Económica en contra de Enex, Asfaltos Chilenos S.A., Química Latinoamericana S.A. y Dynal S.Al se coludieron en la asignación de las obras Duplijsa, Chañaral, y Radomiro Tomic de Besalco Construcciones S.A..

La Corte Suprema dio por acreditado la existencia de la colusión considerando tres elementos: hubo un acuerdo para realizar esta coordinación. Luego se consideró la existencia del llamado “sujeto activo” que realiza el hecho penado y también se estableció que existía un objeto o finalidad del acuerdo, que era la obtención de beneficios. También esto tuvo efectos acreditados y que se sepa entre los actores participantes, que la conducta que se investigó les generó beneficios, y que también provocó perjuicios a terceros.

El tribunal repara en las dificultades para tratar este tema, ya que el alto estándar que se exige para establecer el delito de colusión hace necesario que existan distintas herramientas, como la delación compensada y acuerdos conciliatorios.

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De paso, la Corte Suprema afirma que no se llegó a acreditar que hubo conducta que representara colusión en una serie de obras, como Puerto Montt-Pargua, Laja (del grupo Dragados) y la Negra de Constructora Figueroa Vial Limitada.

Por el contrario, el máximo tribunal del país planteó que en las obras Duplijsa, Chañaral y Radomiro Tomic, de Besalco Construcciones S.A. sí hubo conductas colusorias.

Lo resuelto considera una serie de sanciones monetarias. Para Asfaltos Chilenos S.A. hay una multa a beneficio fiscal que asciende a 429,1 Unidades Tributarias Anuales (UTA), que hoy asciende a 236 millones 858 mil 51 pesos. Dynal, en tanto, tendrá que pagar 257,4 UTA (142 millones 247 mil 308 pesos), monto idéntico al que deberá pagar Química Latinoamericana.

También tendrán que cumplir una serie de medidas requeridas en materia de libre competencia.

Enex S.A. se sometió a la delación compensada, por lo que no tendrá que pagar multa.

Los ministros que resolvieron esto fueron Pedro Pierry, Rosa Egnem, María Eugenia Sandoval, Carlos Aránguiz y Manuel Antonio Valderrama. Un voto en contra lo presentó el ministro Aránguiz, quien planteó que se debían mantener las sanciones que inicialmente planteó el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, y la opinión contraria del Ministro Valderrama, el que estuvo por acoger las reclamaciones y anular la sanción.

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