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2 de Septiembre de 2019

Sernac exigirá descuentos automáticos a Essbio por corte de agua en Chiguayante y Los Ángeles

La empresa debe descontar un monto equivalente a diez veces el valor promedio diario de lo facturado en el estado de cuenta anterior al de la respectiva suspensión.

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Chiguayante Essbio
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Luego de 36 horas sin suministro, Essbio confirmó por medio de sus redes sociales la restitución del suministro de agua en la comuna de Chiguayante, Región del Biobío.

La empresa sanitaria afirmó que se decidió restablecer el servicio “luego de concluir las pruebas de efectividad de los trabajos de reparación de una matriz de agua potable” en la comuna.

Tras la emergencia, el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) ofició a la empresa sanitaria para exigirle que aplique los descuentos automáticos establecidos en la Ley del Consumidor por los cortes de agua en Chiguayante y Los Ángeles, los que deben hacerse efectivos en la próxima cuenta.

Desde el servicio explicaron que la ley que entró en vigencia en marzo pasado establece que la empresa debe descontar obligatoria, directa y automáticamente el tiempo que los consumidores estuvieron sin el suministro, según una fórmula que la misma normativa establece y que el organismo verificará que se respete.

En efecto, la normativa señala que, por cada día sin suministro por causas imputables a la empresa, ésta debe descontar un monto equivalente a diez veces el valor promedio diario de lo facturado en el estado de cuenta anterior al de la respectiva suspensión, paralización o no prestación del servicio.

El Sernac  requirió una serie de antecedentes a Essbio tanto por el corte de Chiguayante y por el ocurrido el pasado viernes en Los Ángeles. Entre ellos, los motivos que provocaron los cortes, la cantidad de usuarios afectados, los mecanismos de información para orientar a los usuarios, los medios utilizados para proveer de agua a los afectados durante la suspensión del suministro, entre otros.

El propósito de recabar dicha información es fiscalizar el cumplimiento de la obligación legal de la empresa de los descuentos automáticos, así como evaluar las eventuales compensaciones para los afectados en caso que se acrediten daños.

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