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12 de Junio de 2018

Corte de Santiago anula reglamento de copropiedad que prohibía tener mascota en condominio

El fallo estableció que el reglamento de copropiedad atenta contra la ley de tenencia responsable.

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La Corte de Apelaciones de Santiago acogió una demanda y estableció que una cláusula del reglamento de copropiedad que prohíbe la tenencia de mascotas en un condominio de edificios vulnera los derechos de los habitantes del condominio de la comuna de Vitacura.

Isabel Zarzar Kahwagi, dueña desde hace tres años de un perro de raza Schnauzer, presentó la demanda buscando dejar sin efecto la cláusula del reglamento de copropiedad del inmueble en que se encuentra el departamento, que dispone: “Queda terminantemente prohibido ingresar al Edificio y/o mantener en cualquier unidad o espacio común o Bien de Dominio Común, animales domésticos”.

Según se pudo establecer por ambas partes durante el juicio, dicho animal en ningún momento queda suelto en los espacios comunes ni provoca ruidos molestos en ninguna hora del día y de la noche.

Según se lee en el fallo unánime, dicho reglamento “impone una limitación al ejercicio de un derecho de propiedad que en la actualidad tiene características especies”. “Impedir mantener una mascota con sus dueños, implica un actuar abusivo, al colocarlo en la situación de tener que abandonar al animal en el supuesto que nadie lo reciba, lo que es sancionado actualmente como maltrato o crueldad animal”, agrega.

Obedecer el reglamento implicaría incumplir las “obligaciones de una tenencia responsable, en cuanto que si es dueño, al menos, corresponde proporcionarle buen trato, alimento, albergue, debiendo corresponder este último, según su artículo 10, al domicilio de su responsable -que será su dueña en este caso- o el lugar que se destine para su cuidado, pero esto último, en este caso, no puede tener lugar si se coacciona a su dueña a sacarlo del domicilio, pudiendo el retiro ser dañino para el animal colocando a la demandante en una situación de infringir el ordenamiento jurídico”, dice el fallo.

La Corte estableció que la cláusula del reglamento de copropiedad es contrario a la ley y ordenó sustituirlo por lo siguiente: “Mantener en cualquier espacio común o bien de dominio común, animales domésticos”.

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