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13 de Mayo de 2019

Caso IPC: Banco Central aclara que “no está habilitado a corregir retroactivamente” la UF

En cuanto a una eventual repercusión en la dinámica inflacionaria, "el Banco Central estima pertinente esperar a disponer de más antecedentes para su análisis".

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IPoM
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El Banco Central salió al paso al caso de eventual manipulación del IPC en el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) y su impacto en la UF, dejando en claro que “no está habilitado a corregir retroactivamente tales índices”.

En un comunicado, el organismo aclaró que “respecto a las implicancias del IPC para los sistemas de reajustabilidad que autoriza el Banco Central, el marco legal y normativo vigente, no habilita al instituto emisor a corregir retroactivamente tales índices”.

Y es que los sistemas de reajustibilidad autorizados por el Banco Central para calcular el IPC son la Unidad de Fomento (UF) y al Índice de Valor Promedio (IVP).

Frente a esto, “la UF se reajusta mensualmente aplicando una metodología mecánica y prestablecida, que utiliza el dato de la variación que haya experimentado el IPC que determina el INE, en el mes calendario inmediatamente anterior al período el cual dicha unidad se calcula”.

En cuanto a una eventual repercusión en la dinámica inflacionaria, “el Banco Central estima pertinente esperar a disponer de más antecedentes para su análisis”.

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