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25 de Marzo de 2013

Las 4 claves para saber si tienes derecho a la rebaja de impuestos por gastos de educación

El Servicio de Impuestos Internos (SII) informó que ya está disponible la declaración jurada que deben llenar y despachar los padres o madres que quieran recibir la rebaja de hasta $40.200 por hijo estudiante. Entérate aquí si tienes derechos a esta ayuda ligada a la Operación Renta 2013.

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A través de su sitio web, el servicio de Impuestos Internos (SII) dio a conocer este lunes que ya está disponible la declaración jurada que deben llenar y despachar los padres o madres que quieran acceder a una rebaja de impuestos por gastos de educación de cara a la operación renta 2013:

1.- Monto:

El beneficio establece que por cada hijo estudiando el padre y/o la madre pueden acceder a una rebaja en sus impuestos de hasta $40.200 por hijo, si se cumplen los requisitos establecidos por la Ley.

2.- ¿Qué debo hacer para acceder?

Los padres, de común acuerdo, pueden optar por designar a uno de ellos como el beneficiario del 100% de la rebaja. Para manifestarlo, el padre o madre que cede el beneficio, debe realizar la declaración jurada a través de la web de SII, menú Renta o menú Declaraciones Juradas, opción “Declaración jurada simple de cesión de beneficio de crédito por gastos de educación, Art.55 ter”, antes de presentar su declaración anual de renta en abril. Si no lo hacen, el monto de $40.200 por hijo se dividirá en partes iguales entre ambos padres.

3.- ¿Cuáles son los requisitos?

– El padre y/o la madre deben haber tenido un ingreso anual superior a $6.513.372, lo que los hace contribuyentes del Impuesto Único de Segunda Categoría o del Impuesto Global Complementario.

La suma anual de las rentas totales del padre y de la madre, no debe exceder de la cantidad equivalente a 792 UF ($18.089.874). Si en conjunto exceden de dicha cantidad, ninguno de ellos tendrá derecho al beneficio.

-Los hijos deben ser menores de 25 años al 31 de diciembre de 2012.

-Los hijos deben estar matriculados en una institución de enseñanza pre escolar, básica, diferencial y/o media, reconocida por el Estado, y tener un mínimo de asistencia del 85% (o menor cuando exista algún impedimento justificado o en casos de fuerza mayor).

4.- ¿Cómo confirmar si tengo derecho?

Para verificar si puede utilizar el beneficio, puede utilizar el Simulador del beneficio por gastos en educación.

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